El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) valorará mañana la petición de la acusación particular en el caso del crimen de Ricla (Zaragoza) de prisión provisional para el acusado por estos hechos, tras la anulación del juicio con jurado por el que fue condenado a 4 años de prisión.

El tribunal ha convocado para mañana a todas las partes representadas en la causa para escuchar sus argumentos en torno a la petición de la acusación particular de prisión provisional para el acusado, en libertad tras hacerse público el veredicto del jurado.

La decisión del TSJA de anular el juicio por "falta de motivación" en el veredicto exige, en opinión de la acusación particular, que el procesado vuelta a la situación de prisión en la que se encontraba hasta la celebración de la vista.

Los letrados de esta acusación consideran que "siguen existiendo los motivos por los que fue decretada la prisión provisional para el acusado.

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) declaró a finales del pasado mes de enero nulo el juicio en el que resultó condenado a cuatro años de prisión un joven por el homicidio imprudente de otro en Ricla (Zaragoza) y su repetición al entender que el veredicto del jurado carecía de motivación suficiente.

El jurado no consideró que el acusado, Francisco José C.G., hubiera disparado con su pistola a su víctima de forma intencionada y resolvió rechazar las tesis de la fiscalía y de la acusación particular, que responsabilizaban al joven de delitos de homicidio y asesinato, respectivamente, con penas de hasta 25 años.

Los hechos denunciados tuvieron lugar sobre las 21.00 horas del 10 de enero de 2016 en la bodega del acusado, lugar al que accedieron la víctima, un hombre de nacionalidad rumana, y su compañera sentimental con la intención de discutir con el acusado, que aseguró sentirse amenazado por la pareja.

Los magistrados del TSJA argumentaron en su auto que en el veredicto del jurado que enjuició los hechos "no se alcanza el mínimo de motivación exigido, puesto que (el jurado) se limita a enumerar de forma genérica los medios de prueba que le han llevado a considerar probados o improbados los hechos".

Estimo el tribunal que ante la ausencia de testigos directos del disparo, las pruebas periciales tienen una "importancia fundamental" para explicar y motivar los hechos.

Sin embargo, para los magistrados del TSJA, en el juicio que se celebró el pasado mes de septiembre en la Audiencia de Zaragoza por estos hechos, los miembros del jurado se limitaron a incluir en el veredicto una "mera relación" de las pruebas practicadas.