J. M. S. C. pidió ayer para su exmujer --E. M.-- un año de cárcel y cinco de suspensión del derecho de guarda y custodia del hijo común de ambos como presunta autora de un delito de maltrato habitual sobre el niño, que hoy tiene tres años.

La vista oral, en la que la defensa solicitó la absolución de la mujer, se celebró ayer por la mañana en el Juzgado de lo Penal número 5 de Zaragoza.

La Fiscalía, por su parte, reclamó una pena más baja al considerar únicamente probada una agresión de la madre al niño, por lo que no formuló cargos por la presunta habitualidad de esos ataques. Su petición definitiva de condena incluye también, no obstante, la suspensión del derecho de guarda y custodia del niño.

El matrimonio se encuentra separado desde hace varios meses.

Varios informes de forenses que obran en la causa indican que algunas de las lesiones que presentaba el pequeño únicamente pueden ser consecuencia de agresiones.

La madre, por su parte, negó en su declaración haberle pegado al niño, y mucho menos que lo hiciera de una manera habitual.

La privación de la guarda y custodia es una de las medidas accesorias que el Código Penal contempla para algunos de los delitos que se cometen en el ámbito familiar, como los relacionados con el absentismo escolar o el desamparo.