La venta de mascotas y plantas exóticas invasoras queda prohibida definitivamente. Y su tenencia por parte de los particulares irá ligada a toda una serie de protocolos y controles preestablecidos. Esta es una de las medidas incluidas en el primer listado y catálogo nacional de especies exóticas invasoras, cuyo texto acaba de ser aprobado por el Gobierno nacional. El decreto ley también afectará a parques urbanos y jardines públicos. Mientras que deja en manos de las autonomías el control de las especies con fines cinegéticos, piscícolas y selvícolas.

Especies como el galápago de Florida, el caracol manzana, la tortuga pintada, la cotorra argentina, el mapache, el ailanto o el jacinto de agua deberán erradicarse tras aparecer en el listado del catálogo, al que ha tenido acceso este diario. Una medida muy demandada desde hace tiempo desde todos los sectores ligados con la biodiversidad. Y es que uno de los problemas para acotar la expansión de determinadas plagas es, precisamente, su comercialización.

En principio, y en líneas generales, estará prohibida la introducción en el medio natural de toda especies incluida en el catálogo, así como la posesión, el transporte, tráfico y comercio de estos ejemplares vivos o muertos, bajo sanción. Pero hay excepciones.

Y son sobre estas excepciones donde arrecian las críticas. "La creación de un segundo listado de especies potencialmente invasoras, que también acompaña a este catálogo, va a ser un problema. Porque muchas van a permanecer en una especie de limbo", afirma Jorge Abad, presidente del Colegio de Biólogos de Aragón, quien se felicita por el catálogo. Falta todavía ver cómo se aplicará. "Pero se haga, Aragón, como el resto de comunidades, estará obligado a aprobar el suyo propio", añade.

No obstante, habrá un plazo de adaptación a la norma para los animales de compañía o domésticos adquiridos antes de la entrada en vigor del real decreto. Así, para el caso de los propietarios, deberán informar en el plazo máximo de un año sobre dicha posesión a las autoridades competentes de la comunidad autónoma. Y el Gobierno de Aragón tendrá la potestad de establecer, si así lo considera, sistemas de identificación o marcaje, del tipo tatuaje, microchip o registro veterinario. Y facilitará la entrega voluntaria de estos ejemplares.

Además, y para el caso concreto del galápago americano o de Florida (Trachemys scripta), y sus subespecies Trachemys scripta scripta y Trachemys scripta troosti, se permitirá hasta el 1 de mayo del 2013 la sustitución progresiva en el comercio de animales de estos ejemplares por otros de especies no invasoras. Aunque hasta entonces, dichas instalaciones deberán de adoptar una serie de medidas preventivas para evitar problemas.

VEGETACIÓN Con respecto a las especies vegetales, si los ejemplares se localizan en parques o jardines públicos, las administraciones competentes "recomendarán en los casos en que esté justificado", su eliminación o sustitución por otras especies, "especialmente en los localizados en el dominio público hidráulico". Mientras que los plantados en parques y jardines particulares podrán conservarse si están en límites definidos y no existe riesgo de propagación hacia el exterior.

Y para los viveros y demás instalaciones dedicadas a la producción y venta de especies vegetales ornamentales o de cultivo, se ha establecido también un plazo de adaptación al catálogo hasta el 1 de diciembre del 2013.