Los veredictos de no culpabilidad emitidos por los jurados populares, sobre todo cuando lo son contra todo pronóstico y la condena se daba por descontada, llevan a cuestionar el funcionamiento de esta institución democrática en la que se hace efectiva la justicia impartida por el pueblo. A veces la condena puede parecer cantada de antemano y, cuando no es así y el caso se resuelve con una absolución imprevista, surgen dudas sobre su validez.

La primera resolución polémica de un tribunal del jurado en Aragón se produjo en 1999, temprano si se considera que la institución fue creada en 1995. El procesado, Fernando Blanco, se exponía a entre 16 y 27 años de prisión por matar, presuntamente, de un disparo en el pecho al hostelero Roberto Corella, en un atraco. Pero el jurado que juzgó el asunto en 1999 lo declaró inocente por falta de pruebas concluyentes . La defensa fue ejercida por el penalista zaragozano Javier Notivoli, recientemente fallecido.

En Aragón se pueden espigar asimismo algunos ejemplos de resoluciones inesperadas, tanto por exceso como por defecto. Un ejemplo claro de estas últimas está en el llamado crimen de los tirantes, por el que el antisistema Rodrigo Lanza fue inicialmente condenado a cinco años de cárcel, frente a los 25 que pedían las acusaciones, por matar a Victorino Laínez en Zaragoza en diciembre del 2017 en un bar de La Magdalena. La notable reducción de la pena se debió a que el jurado popular consideró que el acusado había cometido un delito de homicidio imprudente y no un asesinato, como calificaban el hecho el fiscal y la acusación particular.

Pero la sentencia fue recurrida y el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, argumentando que el veredicto no estaba debidamente fundamentado, obligó a volver a celebrar la vista oral con otro tribunal popular. La repetición del juicio tuvo lugar el pasado septiembre y el resultado fue muy distinto: Lanza fue condenado a 20 años de cárcel por asesinato.

Ante este panorama, la opinión de los profesionales del Derecho Penal se divide. El abogado José Luis Melguizo considera que hay que ser «respetuoso» con las decisiones del jurado, pero aun así piensa que al tribunal popular «se le exige demasiado» y se le atribuyen a veces «delitos muy complejos», lo que conlleva «una gran responsabilidad».

El también penalista Rafael Ariza cree que «no se puede echar la culpa al ciudadano» cuando un veredicto no concuerda con lo esperable técnicamente. Él aprecia en el jurado un «purismo» y «un deseo tan garantista» que hace que sus miembros caigan en una especie de visión «buenista» de su función.

Alejandro Giménez Planas, defensor en el crimen de la calle Dato, donde su cliente salió absuelto, recientemente, ve «bien que los ciudadanos participen en la administración de justicia». Y Carlos Vela, que ejerció la acusación particular en el mismo caso, opina que la falta de formación jurídica de los jurados «lastra» su funcionamiento y acentúa el carácter «imprevisible» de sus veredictos.

Hemeroteca

¿Nunca se halló al criminal de la calle Lastanosa?

El jurado popular absolvió en el 2006 del delito de homicidio a Joselito Peña García, alias Chelo el Grande, por considerar que actuó en legítima defensa cuando propinó una puñalada mortal en el cuello a un compatriota dominicano que le atacó por la espalda con un cuchillo de grandes dimensiones. El tribunal del jurado recogió la tesis del abogado defensor, José Luis Melguizo, quien sostuvo que su cliente «no tuvo más alternativa que tirar de navaja para salvar su vida» y alegó la eximente completa de legítima defensa, que fue aceptada como tal por el tribunal popular.

Libre de la cárcel tras una muerte con 52 puñaladas

El jurado absolvió en el 2010 a Fran Lozano del asesinato del albañil Paco Lozano, cuyo cadáver acribillado con 52 cuchilladas fue hallado en la bañera de su piso de la calle Moncasi el 25 de enero del 2007, tras constatar la «ausencia de una prueba clara, directa e incriminatoria» contra el acusado. Los jurados hicieron suyas las tesis de la defensa, ejercida por José Luis Melguizo, quien sostuvo que no había pruebas que demostraran que su cliente hubiera cometido un hecho en el que podrían estar implicados otros amigos y conocidos de la víctima, hasta un total de 400 personas.

Calanda: absuelto dos veces del mismo crimen

Un caso muy ilustrativo es el del crimen de Calanda, en el que Tomás Egea fue absuelto dos veces, tras la celebración consecutiva de sendos juicios con jurado, del homicidio de su esposa, Pilar Mir, en Calanda, en el 2007. La mujer apareció con un cuchillo clavado en el abdomen y en ambos procesos, celebrados en el 2009 y en el 2011, el abogado defensor, el letrado Enrique Trebolle, consiguió demostrar que la víctima se había clavado el arma blanca de forma accidental. El resultado fue que el acusado, que se exponía a 15 años de cárcel, quedó absuelto y en libertad.

Sin pruebas del delito en el ‘caso kartódromo’

En marzo del 2017, el jurado popular del ‘caso kartódromo’ de Plaza absolvió a los tres acusados: el exgerente de Plaza, Ricardo García Becerril, el exconsejero delegado, Carlos Escó, y el propietario del antiguo circuito Aragón, Santiago Becerril. Estaban acusados de cohecho y malversación en la compra de los terrenos de un kartódromo para integrarlos en la plataforma logística. El veredicto de no culpables se basó en que los miembros del tribunal popular veían indicios de delito, pero no pruebas. El fiscal pedía 10 años de cárcel para Escó, que fue consejero delegado de Plaza.

El más reciente: ni cooperador ni cómplice en Dato

Denis Javier López defendido por el letrado Alejandro Giménez Planas, ha sido el último veredicto inesperado. Estaba acusado de ayudar a matar a un joven magrebí en una pelea de bandas latinas en la calle Dato de Zaragoza y se exponía a 27 años de cárcel como máximo. Pero el jurado, por cinco votos contra cuatro, descartó que fuera cómplice y, por unanimidad, que hubiera actuado como cooperador necesario. Lo más llamativo es que una testigo lo señaló como la persona que se interponía ante todos los que intentaban acudir en ayuda de la víctima, apuñalada en octubre del 2018.