El juicio contra el camionero que atropelló mortalmente al presidente del Club Ciclista Ebro ha quedado hoy visto para sentencia con una rebaja en la pena solicitada por la fiscalía a dos años y tres meses de prisión, mientras que la acusación particular pide tres años y la defensa la absolución.

El juzgado de lo penal número 3 de Zaragoza ha retomado hoy la vista por el atropello mortal de Tomás Agustín Sancho, ocurrido el 7 de enero de 2015 cuando la víctima, de 70 años, circulaba con su bicicleta por la carretera CV-624 y fue arrollado por un camión.

El suceso se produjo en un tramo en buen estado y con visibilidad, según han declarado dos guardias civiles que actuaron en el suceso, quienes han asegurado que la víctima circulaba por el arcén y que el conductor del camión no respetó la distancia de seguridad de un mínimo de metro y medio para adelantarlo.

Uno de ellos ha subrayado que cualquier maniobra evasiva es posterior a la colisión y que es casi imposible que el ciclista pudiera entrar en la parte opaca de la visibilidad del camión, y ambos han señalado que aunque el acusado dio positivo en consumo de cocaína en una prueba de saliva que se le practicó, no afectaba a la conducción, ya que su coordinación y habla eran normales.

Sobre este punto, una perito ha apuntado que la prueba se le practicó en saliva y que no existen estudios determinantes que permitan establecer la influencia de tóxicos en la conducción.

Un testigo del accidente, que viajaba como copiloto en un vehículo, ha afirmado que el camión no hizo ninguna maniobra extraña y que el carril izquierdo de la vía, que tiene dos por sentido de circulación, estaba libre.

La fiscalía considera al acusado responsable de un delito de homicidio por imprudencia grave, por una "desatención absoluta" en la conducción, y finalmente ha rebajado de cuatro a dos años y medio la petición de cárcel tras retirar la acusación por conducción bajo los efectos de las drogas.

El abogado de la acusación particular, Ricardo Esteban Porras, eleva la petición de pena a tres años de cárcel más cinco años de retirada de carné de conducir -la fiscalía pide tres años de retirada- por una imprudencia grave con resultado de muerte, ya que el camionero reconoció que vio al ciclista pero no hizo "nada por apartarse" e impactó con él en la línea de separación del arcén.

Para la acusación particular, las circunstancias del siniestro han quedado acreditadas con las declaraciones "contundentes" de los guardias civiles, que evidencian que fue un alcance trasero y que no hubo ninguna maniobra lateral del ciclista para ocasionar la colisión.

En cuanto a la indemnización solicitada para la familia de la víctima, ya han recibido 143.000 euros por la compañía de seguros pero la acusación particular reclama que se eleve hasta 174.000 al tener cuenta que aunque el fallecido estaba jubilado, tenía una importante actividad como presidente del club ciclista, además de los gastos por el fallecimiento y por el coste de su bicicleta.

El abogado de la defensa, Enrique Esteban, ha pedido la absolución al hacer hincapié en que el acusado no tuvo ninguna responsabilidad en el accidente, ya que circulaba correctamente por su carril y el ciclista estaba obligado a transitar por el arcén pero cuando fue alcanzado estaba sobre la raya divisoria, por lo que "por causas que se nos escapan, invade la trayectoria del camionero", ha dicho a los medios tras la vista.

Además, ha remarcado que en el caso de que hubiera habido alguna imprudencia, sería leve y por tanto sería una falta que con el nuevo Código Penal están despenalizadas.

En la vista ha testificado una hija de la víctima, María Carmen Agustín, también del Club Ciclista Ebro, quien ha asegurado que su padre solía salir con su bicicleta por esa carretera y que era muy recto y responsable en el cumplimiento de las normas de circulación.