Las viviendas de turismo rural reguladas deben contar con la licencia que les otorga el Consejo Comarcal correspondiente y el listado de precios y servicios sellado. Los requisitos incluyen ofrecer un mínimo de cuatro plazas y un máximo de doce. Las habitaciones deben tener ventilación directa al exterior y una superficie mínima de 10 metros cuadrados en el caso de habitaciones dobles y de seis para las individuales. Además, en categoría básica, una vivienda debe ofrecer un mínimo de un baño para cada seis plazas. En categoría superior debe haber un baño en cada habitación si es vivienda compartida con el dueño, y un baño cada cuatro plazas si no es compartida.