Finalmente, la nueva ordenanza de protección animal del Ayuntamiento de Zaragoza será más restrictiva en cuanto al traslado de animales en el transporte público. De este modo, el último borrador de la normativa, que será aprobado el jueves en el Consejo Sectorial de Protección Animal, limita la subida de perros de elevado tamaño al último vagón, siempre con bozal y solo uno por vagón. Los de menos de diez kilos podrán ir en brazos de sus dueños, también en este compartimento exclusivamente y, en el resto del convoy, las mascotas deberán ser acarreadas por sus propietarios en transportines.

De este modo, este último borrador, previsiblemente el definitivo antes de que pase al Gobierno de la ciudad y después al pleno, establece más limitaciones que la apuesta inicial del ayuntamiento, que causó cierta polémica entre los usuarios del transporte público. Como novedad, respecto a la reglamentación actual, sí podrán subir mascotas al bus urbano --hasta ahora estaba prohibido--, pero siempre en sus transportines.

Y, en cuanto al tranvía, el texto solo abre la mano respecto al reglamento actual en lo referente al último vagón. Solo en este se podrán llevar animales de menos de diez kilos "en brazos", mientras que en el caso de los de un tamaño mayor "solo uno y con bozal". En el caso de que los canes pertenezcan al mismo propietario, podrán subir dos. Es decir, que si una persona con su perro pretende subir a este vagón y ya se encuentra otro en su interior se tendrá que quedar en tierra.

El texto, que todavía tendrá que pasar por un periodo de exposición pública y recibir alegaciones, establece también la posibilidad de que los dueños de los perros puedan dejar sin ataduras a los animales en parques, plazas o zonas ajardinadas, siempre si su superficie es superior a los mil metros y en un horario restringido: de noviembre a abril de 20.00 a 9.00 horas y, de mayo a octubre, de 22.00 a 9.00 horas. Teóricamente, con la legislación actual está prohibido que los canes puedan circular sueltos en los espacios verdes.

GATOS CALLEJEROS El texto de la ordenanza también establece la regulación de las colonias de gatos callejeros, que se promoverán como alternativa a su sacrificio. De este modo, se agruparán en determinados puntos los ejemplares, debidamente esterilizados o identificados, que estarán a cargo de organizaciones y entidades cívicas sin afán de lucro. También, como ya adelantó este diario, se creará la figura del alimentador y solo estas personas estarán autorizadas para dar de comer a los felinos de las colonias.

La ordenanza también regula la cuantía de las multas para los infractores, que oscilarán entre los 100 y los 3.000 euros dependiendo de su gravedad.