La futura ordenanza del Ayuntamiento de Zaragoza que regulará las prestaciones de urgente necesidad mantendrá la renta que hasta ahora se consideraba máxima para acceder a estas ayudas y que inicialmente había pensado en rebajarse. El informe que resuelve los votos particulares presentados por los grupos municipales al proyecto de ordenanza establece, de ese modo, que para ser receptor de las ayudas no se podrá disponer de recursos económicos superiores a 1,25 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem), que ahora asciende 532,51 euros mensuales. Es decir, unos 665 euros mensuales.

Además, se sumará un 20% más a esta cuantía por cada miembro de la unidad económica de convivencia a partir del segundo. Es decir, que no se rebajan los ingresos máximos para acceder a las ayudas, que sí contemplaba el documento de partida, que situaba el Iprem como tope máximo. Finalmente el acuerdo político ha hecho dar al consistorio marcha atrás y modificar el texto de la ordenanza, que se aprobará previsiblemente en la próxima comisión de Acción Social.

Los votos particulares presentados por los grupos revelan también que la ordenanza sigue recogiendo que que los trabajadores sociales deben realizar la valoración de los casos en diez días. Aunque IU, CHA y PP habían reclamado que este periodo se redujese a cinco días, finalmente el mantiene este plazo porque este es que se se establece en la Ley de Administraciones Públicas y "una disposición reglamentaria no puede ir con contra de lo preceptuado en una ley". Por este mismo motivo se rechazan las peticiones de CHA, IU y PP para acotar el plazo de la concesión de las ayudas, dado que lo que recoge esta misma norma son tres meses.

El texto también recoge modificaciones respecto a algunos de los requisitos que se habían establecido en el borrador inicial. De este modo, se impedía la recepción de las ayudas urgentes si los niños de las familias solicitantes no estaban escolarizados. En el nuevo texto se relaja esta prescripción y se establece que no se deberá superar "injustificadamente" un 25% de absentismo escolar "salvo valoración profesional".

Además, se introducen modificaciones respeto a los motivos para pedir este tipo de ayudas y que antes no se incluían, como gastos de comedor o de material escolar. También se elimina la calificación de "no prioritarios" de los gastos para gafas y ayudas dentales, que pasan a considerarse "de primera necesidad".