Un total de 22.615 autónomos aragoneses van a percibir la prestación extraordinaria por cese de actividad. Esta prestación, que conlleva la exoneración de cuotas a la Seguridad Social de forma temporal, fue aprobada en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, tras la declaración del estado de alarma. En toda España son 919.000 prestaciones con una inyección de 670*9 millones de euros.

"La voluntad del Gobierno es atajar la crisis sanitaria, pero también hacer frente a la económica y social. Estamos trabajando de una manera muy importante en generar una red de seguridad para los afectados en el mercado de trabajo y para la población en general. Nadie puede quedar atrás en esta crisis", ha explicado la delegada del Gobierno en Aragón, Pilar Alegría.

Alegría ha recordado que se está trabajando intensamente desde la Administración para dar salida a la mayoría de solicitudes de ayudas que se han puesto en marcha por la situación generada por el coronavirus.

Tienen acceso a la prestación cualquier trabajador por cuenta propia inscrito en el régimen correspondiente que se vea afectado por el cierre de negocios debido a la declaración del estado de alarma o cuya facturación caiga en el mes un 75% respecto a la media mensual del semestre anterior.

En el caso de algunos colectivos como el régimen agrario, del mar (con unas actividades muy estacionales) o de la cultura y el espectáculo, el periodo de cálculo se adapta a las peculiaridades del sector. La prestación tiene una cuantía del 70% de la base reguladora, es decir, un mínimo de 661 euros en el caso de los que cotizan por la base mínima.

A fecha 15 de abril en toda España se habían presentado 1.016.670 solicitudes de trabajadores por cuenta propia a las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social. La mayoría de ellas han sido aprobadas y este viernes percibirán su prestación 919.000 autónomos de toda España. En el caso de Aragón se han presentado 25.022 y han sido aprobadas 22.615.

Para solicitarla no se exige periodo mínimo de cotización, sólo es necesario estar en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y hallarse al corriente de pago de las cotizaciones sociales. Además, es compatible con cualquier otra prestación de la Seguridad Social que el solicitante viniera percibiendo, como por ejemplo, orfandad o viudedad, y fuera compatible con el desempeño de la actividad que desarrollaba.

Por sectores, el mayor número de peticiones se ha concentrado en el sector comercio, con 123.883 peticiones, mientras que le siguen hostelería (112.854) y construcción (68.560).

A los autónomos que, bien se les haya concedido la ayuda después de realizar el trámite administrativo del pago de esta primera mensualidad o la hayan solicitado después del día 17 y paguen la cuota de abril, se les devolverá de oficio por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social, en el caso de que sea concedida.

La ayuda, que tendrá duración de un mes, ampliándose, en su caso, hasta el último día del mes que finalice el estado de alarma, busca proteger la falta de ingresos de los autónomos en esta situación excepcional y contribuir a la supervivencia de su negocio.