La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha rechazado acordar las medidas cautelares solicitadas por tres sindicatos de Policía en las demandas con las que pretenden proteger mejor a los agentes. El tribunal entiende que sin escuchar las alegaciones al respecto que tenga que hacer el Ministerio del Interior no puede requerirle para facilitar a la Policía equipos de protección individual (Epis) y test de detección de la enfermedad, como solicitaban la Confederación Española de Policía, la Unión Federal de Policía y el Sindicato Unificado de Policía, que también lo intentó sin éxito ante los juzgados madrileños.

En tres autos, en los que se da respuesta a cada una de las demandas, los magistrados añaden que su requerimiento sería difícil de cumplir y subrayan el "esencial y valioso servicio" que los agentes están prestando a la ciudadanía "en una situación particularmente difícil", pero consideran imprescindible para pronunciarse estudiar antes los argumentos del Ministerio de Interior, que a través de la Abogacía del Estado se había apuesto a la adopción de las medidas.

La Sala de lo Social repasa las actuaciones adoptadas por el Ministerio del Interior y la Dirección General de la Policía a raíz de la declaración del estado de alarma y su "ingente esfuerzo" para el acopio de material de protección para los agentes. También recuerda las resoluciones del Ministerio de Sanidad, entre ellas la que se considera prioritario el suministro de EPIS a los centros sanitarios y la que considera a los policías como personal de bajo riesgo, extremo que el Tribunal Supremo ha rechazado corregir también a instancias del SUP.

Escasez

La Sala explica siendo un hecho absolutamente notorio la escasez de equipos de protección individual para todos los colectivos sujetos a riesgo de contagio, la eventual estimación de la solicitud de medidas cautelares no tendría la utilidad inmediata prevista en la ley, pues "carecería de ejecutividad al convertirse en una obligación de hacer imposible de cumplir en estos momentos".

La Audiencia considera que la falta de equipos "es un problema muy serio que en este momento desborda con mucho a la Administración demandada e incluso al país" y añade que "ha quedado acreditado que la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación del Ministerio de Sanidad considera que los centros sanitarios ostentan una necesidad de suministro prioritario y/o preferente de EPIs, y se ha probado, igualmente, la sucesión de actuaciones del Ministerio del Interior para intentar conseguir medios para los integrantes del Cuerpo de Policía Nacional, sin que este cauce procesal sea el idóneo para reprochar las circunstancias de escasez y pedir las responsabilidades oportunas".

"Por ello, podemos decir -continúa la Sala- que unas medidas cautelares como las solicitadas nada aportarían en este escenario, porque el Ministerio ya ha dispuesto la entrega de equipos y el cumplimiento de la normativa preventiva, y no cesa en sus actuaciones para intentar conseguir los medios necesarios y hacer efectiva dicha entrega".

Sin pedírselo a Interior

Respecto a otra de las medidas solicitadas, consistente en requerir a la Administración que proceda a evaluar individualizadamente los riesgos que por circunstancias personales asumen quienes prestan funciones durante la pandemia, la Audiencia destaca que dicha petición se ha dirigido antes a Interior.

Pese a ello, señala que, aún sin pronunciarse sobre la pertinencia de dicha medida, ello llevaría bastante tiempo "alejándose de la inmediatez inherente a lo que procede resolver mediante el cauce procesal que nos ocupa y sin que alcancemos a identificar con claridad qué es exactamente los que se desea asegurar de modo anticipado a la sustanciación ordinaria del procedimiento".