Hecha la ley, hecha la trampa. Esta máxima también es aplicable al decreto 31/2021, de 24 de marzo, publicado ayer en el BOIB, por el que se establecen medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del covid-19 entre las cero horas del día 26 de marzo (o sea desde esta pasada medianoche) y hasta las 24 horas del próximo 11 de abril.

En este decreto, que regula el tránsito de los pasajeros nacionales en el periodo vacacional de Semana Santa, queda establecida la prohibición de entradas y salidas del territorio de las Islas Baleares «excepto para la cobertura de las necesidades más esenciales» entre las que cita, en primer lugar, «la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios».

Y es a esta exención a la que se habrían acogido un número indeterminado de sanitarios para poder viajar durante estas fiestas a sus comunidades de origen. Así, según testimonios a los que ha tenido acceso este diario, personas del ámbito sanitario habrían concertado citas con un dentista de su ciudad de origen que esgrimirían en los controles aeroportuarios para poder sortearlos y volar sin más impedimentos. Con un dentista o cualquier otro profesional sanitario.

Preguntado el Servicio de Salud si había contemplado esta picaresca y qué medidas pensaba adoptar para contrarrestarla, señalaron que ellos se limitaban a realizar los controles sanitarios pero que la verificación de las condiciones para poder volar dependía de las inspecciones llevadas a cabo por los agentes de la Guardia Civil a cada uno de los residentes de Balears que pretendan viajar a la península en los próximos días.

Como aún no ha comenzado el periodo de vigencia de estas medidas excepcionales, habrá que esperar a su entrada en vigor para comprobar cuáles son los principales motivos esgrimidos por los residentes baleares para poder salir de las islas en estas fechas.

También se le trasladó a la consejería de Función Pública qué sanciones podían conllevar estas actuaciones ya que la norma publicada ayer retrotrae al decreto ley 1/2020, de 10 de julio, por el que se establecía el régimen sancionador específico para hacer frente a los incumplimientos de las disposiciones dictadas para hacer frente a esta crisis.

Desde el departamento dirigido por Mercedes Garrido respondieron que «si intentas salir sin acreditar debidamente un motivo justificado de los que están contemplados en el decreto de la presidenta publicado hoy (por ayer) en el BOIB, no te dejarán salir. La Guardia Civil controlará uno a uno a todos los pasajeros y denegará la salida a quienes no lo justifiquen debidamente, como tampoco podrán entrar a Balears quienes no presenten una justificación contemplada en el citado decreto», añadieron.

En ambos casos, zanjaron, no se llega a infringir la ley: «Quien no cumpla los requisitos, no podrá viajar», subrayaron desde Función Pública dando a entender que si una persona residente en Balears intenta viajar sin poder acogerse a ninguna de las eximentes contempladas en el decreto, simplemente se le impedirá viajar y perderá el billete de avión adquirido para el trayecto.

Intento sin penalización

Pero que el mero hecho de intentarlo sin estar dentro de alguno de los supuestos eximentes (ver información bajo estas líneas), no conllevará la imposición de sanciones que el decreto ley del pasado 10 de julio establecía en cuantías de entre 60.001 y 600.000 euros para las infracciones más graves.

Desde la consejería de Garrido arguyeron que «el derecho administrativo no prevé sanciones por intentar hacer algo, no es preventivo. La sanción se impone por infringir la ley, no por intentarlo».

Pero si el residente tiene un motivo justificado y debidamente acreditado, como marca el BOIB, aunque sea espurio, podrá salir sin mayores inconvenientes.

Conscientes de los resquicios que deja a los posibles infractores este decreto, el mismo texto legal «recomienda» a los residentes de Baleares que se sometan al test de antígenos que les ofrezca gratuitamente el Servicio de Salud a su regreso a las islas.