El Gobierno de Aragón, el Salud y el Instituto Aragonés de Servicios Sociales han sido condenados por no proteger adecuadamente a sus empleados, sanitarios y demás trabajadores frente a la pandemia del coronavirus, vulnerando con ello el derecho fundamental de los trabajadores a la integridad física y «poniendo en riesgo su vida». Así lo entiende la titular del Juzgado de lo Social de Teruel, Elena Alcalde, que ha convertido a la aragonesa en la primera Administración del país en ser condenada por este motivo.

La condena es precisamente a entregar este material, lo que, dado que ya se ordenó en las medidas cautelares previas a este juicio, tras la denuncia del sindicato médico Fasamet, hace que tenga un efecto algo limitado. Más aún cuando el Gobierno de Aragón reiteró ayer que entregó todo el material disponible, y anunció que recurrirá el fallo. Pero es un precedente, en primer lugar para la sentencia que queda pendiente por el mismo asunto en Huesca y el juicio que se celebra hoy mismo en Zaragoza. Además, de confirmarse el fallo, incumplirlo sería un delito. Y también es un precedente para los procedimientos que se han interpuesto a nivel nacional.

PÚBLICA Y NOTORIA FALTA

La condena no se fundamenta tanto en la falta de material, que para la jueza es «pública y notoria», sino en si era previsible que este fuera necesario. Para la jueza, hija del expresidente del PP Aragonés, Gustavo Alcalde, lo era. Entre otros argumentos contra la acusación, a la que también se sumó la Fiscalía, el Gobierno de Aragón sostenía que la pandemia fue una causa de «fuerza mayor», y como tal, imprevisible.

La jueza, por el contrario, reconoce la gravedad de la situación, inédita en más de un siglo, pero considera que «tal gravedad no puede significar, sin más, que sea fuerza mayor, ni eliminar el derecho fundamental» de los empleados públicos.

Así, repasa profusamente los antecedentes de la pandemia, desde la declaración del brote en China hasta las sucesivas informaciones y declaraciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), además de la situación en «países de nuestro entorno» como Italia.

Con base en estos precedentes, la magistrada considera, como las acusaciones, que la necesidad de hacer acopio de equipos de protección individual «era previsible, desde el momento en que también lo era que la pandemia alcanzara en mayor o menor medida nuestro país, ya fuera antes o después». Cita respecto a esto informes del propio ministerio de febrero y marzo, habiendo ya 17.000 casos declarados fuera de China.

La jueza considera que, ya a finales de enero, era «previsible que iba a aumentar la demanda de EPI en todos los países, y por tanto debía de estarse ágil» a la hora de hacer acopio de material, por parte de todas las administraciones.

Unas informaciones, además, que «no se ha demostrado, ni siquiera se ha alegado», que fueran desconocidas por el Ejecutivo autonómico.

Tampoco le vale como excusa a la magistrada que el Gobierno central centralizase en un principio las compras, ya que, además de que enseguida aclaró que esto no impedía a las comunidades actuar por su cuenta (como así hicieron), la centralización llegó a mediados de marzo, y hasta entonces no había «ninguna prohibición» de comprar material.

En definitiva, aclara, «lo que se reprocha a los empleadores es la falta de acopio» de material, en lo que se fundamenta la condena.

HEROICAMENTE

La jueza elogia el trabajo de los sanitarios, que siguieron trabajando «a pesar del grave e inminente riesgo para su vida y su salud», y pese a que, dada la vulneración de la normativa de riesgos laborales (que considera de «plena aplicación» en este caso), podrían haber «interrumpido» su labor. Pero gracias a su «vocación de servicio» continuaron atendiendo a la población, recuerda la magistrada, que llega a afirmar que lo hicieron «heroicamente».

Sobre la falta de material en sí, la jueza reitera a lo largo de las 128 páginas de sentencia que es notoria por informaciones de prensa, por el hecho de que los sanitarios se fabricasen su propio material y porque las propias autoridades aragonesas la han reconocido, aunque alegando una imposibilidad de conseguirlo que no comparte. Repasa las cantidades de material recabado que le aportó la Administración, pero incide en que, en cualquier caso, no hay pruebas de que todo fuese repartido.

El abogado de la DGA también había alegado que la salud no es un derecho fundamental que pudiese ser vulnerado, pero la jueza lo considera, basada en la jurisprudencia, parte del derecho a la vida y a la integridad física.

Por todo esto, condena a las administraciones a entregar a su personal los equipos requeridos, que incluían mascarillas FFP2 o FPP3; protección ocular anti-salpicaduras o protector facial completo; guantes; gorros; calzas específicas; hidrogel o hidroalcohol biocida, y contenedores de residuos. Y también a reponerlos cuando sea necesario, lo que será aplicable en posible rebrotes.

La sentencia es recurrible, y el Gobierno de Aragón ya anunció ayer que la piensa recurrir. Al director de Atención Sanitaria, José María Abad, le tocó comentar el fallo en rueda de prensa. No entró a valorar la decisión judicial, pero reiteró que el Ejecutivo autonómico «ha suministrado los equipos de los que podía disponer».

El fallo generó diversas reacciones a lo largo de la jornada. El sindicato CSIF, por ejemplo, confió en que sea un precedente para la demanda interpuesta en el Tribunal Supremo por el mismo asunto, pero a nivel nacional. Y Vox presentó una pregunta en las Cortes para la consejera de Sanidad, Sira Repollés, al respecto.

FASAMET, SATISFECHO

Leandro Catalán, presidente de Fasamet -el sindicato que, junto a CESM, presentó las demandas que han dado origen a esta sentencia- no ocultó ayer su «satisfacción» por el fallo, en la medida en que, «apoya nuestros argumentos, como ya hiciera el ministerio fiscal». Esto es, que la falta de equipos, «que señalamos en reiteradas ocasiones, como riesgo para nuestra salud, sin ninguna respuesta», era responsabiliadd de la administración, aunque su reparto «no se pudiera hacer, porque no se tenían. Desgraciadamente no hicieron acopio del material», lamentó, y trabajaron «con riesgo para nosotros, para la población en general y para nuestras familias. No hay que olvidar la cantidad de sanitarios contagiados (188 en Teruel, recoge la sentencia, 826 en toda la comunidad hasta ayer) y que dos compañeros fallecieron», recordó.

Los argumentos expuestos por su abogado, José Manuel Aspas -que fue director general durante el Gobierno de Santiago Lanzuela-, lograron el apoyo de la Fiscalía en Teruel y también en Huesca, por lo que confían en una sentencia similar. Faltará la de Zaragoza, tras un juicio que finalmente se celebrará este viernes (inicialmente estaba previsto para el próximo lunes) en uno de los juzgados de lo social de la capital aragonesa. Catalán reprochó también a Lambán que les atacase cuando plantearon el pleito y no se haya disculpado.