Las islas de La Gomera, El Hierro, La Graciosa y Formentera son los territorios que han recibido el visto bueno del Ministerio de Sanidad para pasar a fase 3 de desescalada a partir del día 1 de junio, tal y como informó esta semana el ministro de este Departamento, Salvador Illa. Pero, ¿qué estará permitido en esta fase?

SIN FRANJAS HORARIAS

El Gobierno ha eliminado las franjas horarias en la fase 3 de la desescalada y permitirá reuniones de hasta un máximo de 20 personas en domicilios y al aire libre, según recoge este sábado el Boletín Oficial del Estado (BOE).

En esta fase de la desescalada, tal y como expone el BOE, no quedará reservada ninguna franja horaria a colectivo alguno. En el caso de contacto social con personas que se encuentran dentro de los grupos considerados vulnerables al covid-19, se deberán extremar las medidas de seguridad e higiene.

Además, la orden establece que los grupos deberían ser de un máximo de 20 personas, excepto en el caso de personas convivientes, si bien el Ministerio ha insistido en que deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del covid-19, y, en particular, las relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de, al menos, dos metros, o, en su defecto, medidas alternativas de protección física, de higiene de manos y etiqueta respiratoria.

CIRCULAR POR LA PROVINCIA

En la fase 3, se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.

En principio el movimiento interprovincial no está previsto hasta que toda España culmine la fase 3.

COMERCIOS, HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN

Según el BOE, en esta fase "podrá procederse a la apertura de establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales con independencia de su superficie útil de exposición y venta, siempre y cuando se limite su aforo al cincuenta por ciento".

"Se permite asimismo la apertura al público de las zonas comunes y las zonas recreativas de los centros y parques comerciales, limitando su aforo al cuarenta por ciento. Asimismo, el aforo de los locales y establecimientos comerciales ubicados en los mismos se fija también en un cincuenta por ciento", agrega.

En cuanto a los establecimientos de hostelería y restauración, además de la apertura del 75% de las terrazas, se les permitirá abrir al público para consumo en el local, salvo los locales de discoteca y bares de ocio nocturno, siempre que no se supere el 50% de su aforo. Además, estará permitido el consumo en barra siempre que se garantice una separación mínima de dos metros entre clientes o, en su caso, grupos de clientes, similar a la distancia que se establece entre mesas.

ÁMBITO LABORAL

Se establecerán protocolos de reincorporación presencial a las empresas (pudiendo emplearse EPIs y otras medidas de protección) estableciendo horarios escalonados y potenciando las medidas de conciliación. Sin embargo, se sigue apostando por el teletrabajo, se prescribe la distancia de seguridad de dos metros en el puesto de trabajo e incide en evitar usar el ascensor.

NIÑOS

"También se permite la realización de actividades de tiempo libre dirigidas a la población infantil y juvenil, siempre que se cumplan las medidas de higiene y prevención previstas en esta orden".

HOTELES Y TURISMO

Por lo que se refiere a los hoteles y alojamientos turísticos se permite la apertura al público de las zonas comunes siempre que no superen el cincuenta por ciento de su aforo.

"Por lo que se refiere a las actividades turísticas, se flexibilizan las condiciones para la práctica de actividades de turismo activo y de naturaleza con grupos de hasta treinta personas", según consta en el BOE.

Por su parte, las actividades de animación o clases grupales en los hoteles deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de 20 personas y se realizarán preferentemente al aire libre y se evitará el intercambio de material. Se deberá respetar la distancia mínima de seguridad entre las personas que asistan a la actividad y en caso de no poder respetarse, se deberán utilizar mascarillas.

"En materia de congresos, se establece un límite de ochenta asistentes y o, se podrá proceder a la reapertura de los centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios con un aforo máximo del cincuenta por ciento".

MUSEOS Y ESPECTÁCULOS

Los museos, espectáculos culturales y bibliotecas abrirán con un aforo máximo del 50 por ciento en los territorios que entren a partir de este lunes en la fase 3 de la desescalada hacia una 'nueva normalidad'.

En concreto, a los museos podrán acudir grupos de hasta 20 personas, manteniendo la distancia de seguridad interpersonal.

Además, los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y similares deberán tener las butacas preasignadas y no superar el 50 por ciento del aforo máximo en cada sala.

En cualquier otro espectáculo cultural, si es en espacio cerrado el aforo será de hasta 80 personas, siempre y cuando no se supere el 50 por ciento del aforo del recinto; y de hasta 800 personas si es al aire libre y las personas están sentadas, sin superar la mitad de la capacidad máxima del aforo.

En la fase 3, la publicación del BOE permite el estudio en las salas de las bibliotecas, en las que se podrán realizar actividades culturales con un aforo máximo del 50 por ciento. Las visitas a monumentos también deberán cumplir con la misma restricción de aforo.

CASINOS Y SALONES DE JUEGO

El BOE publica que "se permite la reapertura al público de los casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas, locales específicos de apuestas y otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de juegos y apuestas, siempre que no se supere el cincuenta por ciento del aforo permitido y se cumplan las medidas de higiene y prevención previstas en la orden".

En todo caso, no se podrá superar un aforo máximo de 50 personas.

VELATORIOS Y ENTIERROS

Los velatorios se podrán celebrar con un máximo de 50 personas en la fase 3 de desescalada si son al aire libre y de 25 si se celebran en espacios cerrados, mientras que para el enterramiento o despedida para cremación se restringe a 50 personas.

En todo caso, el Ministerio de Sanidad insiste en que deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del Covid-19, relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de dos metros, higiene de manos y etiqueta respiratoria.

Asimismo, se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere el 75% de su aforo, si bien la capacidad máxima se tendrá que publicar en lugar visible y se deberán cumplir las medidas generales de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias.

LAS BODAS

Las bodas podrán celebrarse con un máximo de 150 personas en espacios al aire libre o de 75 en espacios cerrados, siempre que no se supere el 75 por ciento del aforo del recinto.

Durante la celebración de las bodas, el BOE destaca que se deberán cumplir las medidas de higiene y prevención establecidas por las autoridades sanitarias relativas al mantenimiento de la distancia social, higiene de manos y etiqueta respiratoria.

Las celebraciones que pudieran tener lugar tras la ceremonia y que impliquen algún tipo de servicio de hostelería y restauración, se deberán ajustar a las condiciones para la prestación del servicio en los establecimientos de hostelería y restauración establecidas para la fase 3 de la desescalada.

Estos requisitos para la celebración de bodas en la fase 3 de la desescalada serán de aplicación a otras celebraciones religiosas de carácter social.