A falta de que el departamento de Sanidad, en coordinación con la dirección general de Deporte, publique la orden en el Boletín Oficial de Aragón (BOA), el protocolo para el regreso de las competiciones autonómicas en Aragón está ya establecido. El deporte se verá condicionado por las circunstancias de la pandemia en cada momento en cuanto a las restricciones de movilidad y horarias, ya que deberán ser respetadas según figuren en cada una de las zonas de la comunidad.

Otra de las demandas de muchas federaciones, y categorías, era la posibilidad de acceso del público a los estadios y a los pabellones. En cuanto a esto, el Gobierno de Aragón ha decidido que se podrá completar hasta un 30%, siempre que no se excedan las 300 personas en espacios cerrados y las 500 al aire libre. En todos los casos deberá garantizarse una distancia de seguridad de metro y medio entre los asistentes.

Sin embargo, la edad también será un condicionante en este sentido. Los partidos que disputen menores de 16 años, hasta la edad de juvenil deportivamente hablando, no podrán tener público en las gradas. Precisamente es este uno de los factores que se cuestionaba la Federación Aragonesa de Balonmano cuando se fijó la fecha del 27 de febrero para el regreso de las competiciones. Querían saber si los padres podrán acompañar a sus hijos en los desplazamientos. Según la orden, se hará una excepción en la restricción del aforo para una persona que acompañe de manera necesaria a los deportistas por razones de edad o cualquier otra circunstancia que lo exija.

El responsable de cada instalación deberá realizar los pertinentes controles de aforo. Los inspectores competentes, los agentes de la Policía Local y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, podrán requerir la información para asegurarse de que se cumplen todas las medidas dispuestas.

Las discrepancias

Una de las medidas que puede suscitar discrepancias es el uso de mascarilla obligatorio para los menores de 16 años tanto en la competición como en los entrenamientos (a partir de esa edad no lo es). La Federación Aragonesa de Fútbol es el organismo que se ha mostrado más reticente a la utilización de la misma durante los partidos. Aprecian que puede ser perjudicial no poder expulsar el aire correctamente y que el material se moje con el sudor. Además, aseguran que puede haber algún equipo que no quiera competir teniendo en cuenta este condicionante.

Sin embargo, en las disciplinas individuales que no supongan ningún tipo de contacto físico entre los deportistas, aunque se desarrollen en espacios cerrados, la mascarilla no será obligatoria para ninguna edad. El Gobierno de Aragón puntualiza que la propia orden afirma que podrán flexibilizarse las condiciones en el caso de que mejore la situación general. Esto puede suponer que algunas federaciones demanden en los próximos días poder jugar sin utilizar mascarillas.

Además de esto, los equipos locales no podrán contar con vestuarios. Solo lo harán los visitantes que tengan que desplazarse de localidad y la ocupación no podrá superar el 50%, por lo que en muchas ocasiones el club local tendrá que ofrecer más de un vestuario para cada equipo. Pasa lo mismo con las duchas, cuyo uso, además, tendrá que ser individual. El responsable de las instalaciones tendrá que asegurarse de limpiar y desinfectar estas instalaciones para garantizar la seguridad.

Por otra parte, los bares y restaurantes que se encuentren dentro de los estadios o pabellones podrán estar abiertos. Se podrá hacer uso de ellos, aunque desarrollarán su actividad siguiendo las normas establecidas en cada momento para la hostelería y la restauración. Las mesas de estos espacios serán el único lugar de los recintos deportivos en el que estará permitido el consumo de bebida y comida.

La presente orden, que todavía no ha sido publicada, aunque se prevé que se haga oficial a lo largo de esta semana, entrará en vigor a las 00.00 horas del día 20 de febrero del 2021. Este mismo jueves se prevé que el Gobierno de la comunidad anuncie las nuevas medidas adaptadas a la evolución actual de la pandemia, debido a la disminución de los casos positivos en los últimos días. Por lo tanto, se conocerán cuáles son las restricciones de movilidad a las que se tendrán que adaptar las competiciones.

En suma, además de las medidas previstas en esta Orden, serán de aplicación, en lo que no se opongan a las mismas, las medidas adicionales higiénico-sanitarias contenidas en el anexo III de la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, de aplicación a actividades, instalaciones y competiciones, eventos o espectáculos deportivos. En el caso de que el titular del centro o la instalación no pueda garantizar el cumplimiento de estas medidas, podrá denegar la celebración de la competición o entrenamiento.