El Banco de España justifica que las comisiones por vencimiento anticipado de las hipotecas a tipo fijo sean 10 veces más elevadas que las de tipo variable porque las entidades financieras podrían incurrir en pérdidas en determinadas circunstancias si fueran menores. En un artículo sobre la entrada en vigor de la ley, que tendrá lugar el próximo 16 de junio, que se publica este jueves en los 'Cuadernos Trimestrales de la Economía Española', el regulador señala que los prestamistas (los bancos) podrían incurrir en pérdida financiera en caso de que se produjera un reembolso anticipado.

Esta pérdida aparece afirmacuando el tipo de interés de mercado se reduce por debajo de la hipoteca, ya que en ese caso el prestamista deja de ingresar el interés pactado durante la vida del préstamo y encuentra rentabilidades de mercado inferiores a la hora de reinvertir los fondos amortizados anticipadamente en activos de similares características. Destaca el informe que la pérdida depende fundamentalmente del plazo de vida residual de la hipoteca y de la distancia (positiva) entre el tipo de interés de la hipoteca y del mercado. También, del nivel de la rentabilidad de mercado.

Esta circunstancia se refiere a la limitación de las comisiones máximas por reembolso anticipado en la nueva regulación. Es decir, cuando el cliente devuelve anticipadamente una parte o la totalidad de la deuda. En los contratos a tipo de interés variable la normativa reduce las comisiones máximas, que pasan del 0,5% al 0,25% del capital amortizado, según tengan lugar en los cinco primeros años de vida o después. Pero además se introducen límites máximos a las comisiones por reembolso anticipado en los préstamos a tipo de interés fijo, que son del 2% del capital amortizado los 10 primeros años de vida del crédito y del 1,5% posteriormente, prácticamente 10 veces más elevadas que las de tipo variable.

EFECTOS SOBRE EL MERCADO

Para el Banco de España, que ya en una anterior ocasión apuntó que podría tener efecto en el encarecimiento de los préstamos, la entrada en vigor de la ley tendrá otros efectos sobre el mercado como consecuencia de la introducción de cláusulas imperativas de obligado cumplimiento, como en el caso de la regulación del vencimiento y del reembolso anticipado. También señala un reforzamiento en la información disponible para el cliente en la fase precontractual. En este sentido, el supervisor espera que contribuya a reducir la inseguridad jurídica y la elevada litigiosidad actual del mercado. Lo que debería redundar en una mayor actividad crediticia y un mejor funcionamiento del segmento hipotecario.

También considera que puede producirse una mayor competencia en el mercado procedente de operadores nacionales, pero también foráneos, gracias a la mayor transparencia y estandarización de la información y los menores costes de transacción asociados al cambio de prestamista que implica la ley.