La juez Teresa Palacios declaró ayer la responsabilidad civil de Caja Madrid Bolsa por un importe de 14 millones de euros (2.329 millones de pesetas) por permitir que Gescartera utilizara sus cuentas para apropiarse de los fondos de sus clientes. La entidad de ahorro anunció ayer que recurrirá esa decisión.

La magistrada asume así la petición de la fiscalía anticorrupción que consideró "pertinente" esta medida para que la entidad ejercite el derecho de defensa de sus intereses. La declaración es provisional, ya que la definitiva se establecerá cuando la juez declare la apertura de juicio oral por el fraude de esa agencia cifrado en 108 millones de euros.

Palacios explica que Gescartera recurrió a los servicios de la Caja Madrid para "poder gestionar como propios" los fondos de sus clientes. Por ello, formalizó en noviembre de 1999 un contrato con esa entidad después de que no pudiera hacerlo con Deutsche Bank porque "le exigía poderes específicos para disponer de los fondos de Gescartera".

El contrato fue firmado por Antonio Pérez Hernández, en nombre de la Caja Madrid, y por Javier de la Sierra, apoderado de Gescartera. En ese acuerdo no se exigieron, como obliga la ley, poderes para abrir la cuenta y se permitió la utilización de ese depósito para compensar operaciones de unos clientes con otros. Además, la sociedad de Antonio Camacho operó con una cuenta global, la 171.500, en la que maniobraba con el saldo de los clientes para disponer de los fondos de los inversores "en interés propio".

DISTRACCION DE FONDOS La juez sostiene que "la distracción de los fondos y carteras de valores de los clientes de Gescartera por parte de ésta no se hubiera podido efectuar si se hubiera cumplido" la ley. El depósito de valores y de efectivo se tenía que realizar en cuentas contratadas directamente por el cliente. Este debería haber autorizado la apertura y el depósito en su nombre, y la Caja Madrid tenía la obligación de informar al inversor de las operaciones realizadas en sus cuentas.

Palacios asegura que Caja Madrid no cumplió ninguna de esas condiciones, ya que sólo tenía por cliente a Gescartera; abrió las cuentas de clientes sin poder específico de la agencia de valores; y remitió la información de las operaciones de los clientes a la sociedad de valores.