La titular del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Monzón ha condenado al Banco Sabadell a devolver a un vecino de la localidad el importe que le fue cobrado en concepto de cláusula suelo hipotecaria, con carácter retroactivo desde la firma del contrato.

Según informa el portal inmobiliario reclamador.es, que se hizo cargo del caso, la sentencia del juzgado montisonés es una de las primeras del país en el que se aplica el carácter retroactivo de la devolución de las cláusulas suelo.

El demandante firmó una hipoteca en el año 2012 por un importe de 117.000 euros con una cláusula suelo del 2,6 por ciento nominal anual, lo que le permitirá recuperar más de 4.000 euros de indemnización más 2.400 de reducción de cuota de su hipoteca.

La demanda fue aceptaba en su totalidad por la entidad bancaria, que fue condenada asimismo por la juez al pago de las costas judiciales generadas.