La segunda jornada del juicio contra la cúpula de Spanair celebrada ayer aportó nuevos detalles sobre los motivos que precipitaron la quiebra de la aerolínea. Los administradores concursales y la fiscal basan una buena parte de la argumentación para reclamar al consejo de administración una indemnización de 72 millones por retrasar la solicitud de concurso de acreedores en la deuda que se fue acumulando con Hacienda en concepto de tasas aeroportuarias no pagadas a Aena.

Los tributos por el tráfico de aviones y pasajeros en las terminales de los aeropuertos eran una parte sustancial de los 78 millones de deuda exigible a corto plazo que tenía la compañía en diciembre del 2011, un mes antes de que el entonces presidente, Ferran Soriano, y su equipo presentaran el concurso de acreedores para liquidar la aerolínea. En junio del 2011, el importe pendiente de pago por tasas era de 44 millones, que se convirtieron en 56,9 en diciembre de ese ejercicio.

La fiscal del caso y el abogado que representa a los administradores concursales dejaron claro que en el verano del 2011 la caja de Spanair era insuficiente para hacer frente a los pagos pendientes de tasas y otros conceptos, por lo que entienden que se tenía que haber presentado el concurso de acreedores en ese momento y no seis meses más tarde. Incluso el juez recordó a un perito designado por los abogados de Soriano que la ley concursal aclara qué deudas se tienen en cuenta para determinar el pasivo y preguntó al auditor si podía explicar la aparición de centenares de acreedores al presentar el concurso si la aerolínea tenía capacidad financiera suficiente como dice la defensa.