Una etiqueta con la imagen de Don Quijote en un queso podría no estar permitido si este no tiene la denominación de origen protegida (DOP) Queso manchego. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha publicado una sentencia en la que dice que signos que «evoquen» la zona geográfica de una DOP pueden ser ilícitos si se utiliza en productos que no están bajo esta denominación.

El Tribunal Supremo pidió consejo al TJUE para que aclarase si la evocación de una DOP puede producirse mediante signos figurativos y, si la utilización de esos signos que evocan la zona geográfica a la que está vinculada una denominación de origen puede constituir una evocación ilícita de la misma aunque el productor esté en esa región (en este caso La Mancha).

El motivo fue una denuncia de la Fundación Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Queso Manchego -encargada de la gestión y protección de la citada DOP- a la comercializadora Industrial Quesera Cuquerella por denominar tres de sus quesos Quesos Rocinante y utilizar etiquetas con un dibujo de un caballero, similar a Don Quijote, «un caballo famélico y paisajes con molinos de viento y ovejas» y no pertenecer a la denominación de origen Queso manchego.

Los tribunales españoles estimaron hasta en dos ocasiones que las imágenes evocan la región de La Mancha, pero no necesariamente el producto Queso manchego. Sin embargo, el caso llegó hasta el Tribunal Supremo que advirtió dudas y pidió consejo al tribunal europeo.

El TJUE resolvió el jueves ambas cuestiones de manera afirmativa. La pelota ahora está en el tejado del Tribunal Supremo que, después de que el TJUE haya emitido su opinión, debe determinar si existe una proximidad conceptual «suficientemente directa y unívoca» entre las imágenes que usa Industrial Quesera Cuquerella y la denominación de origen del Queso Manchego.