El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó ayer el real decreto sobre protección a deudores hipotecarios, reestructuración de su deuda y alquiler social, que entra en vigor a partir de hoy. La prórroga de esta medida, de la que se han beneficiado hasta ahora más de 24.000 familias, fue aprobada el viernes el Consejo de Ministros.

Entre los aspectos más destacados del decreto figura la ampliación hasta el 2020, tres años más de lo previsto, de la moratoria antidesahucios de vivienda habitual para familias vulnerables, que desde este domingo incluye además a aquellas que tengan hijos menores de 18 años.

También se podrán acoger a esta medida las unidades familiares en las que convivan una o más personas que estén unidas con el titular de la hipoteca o su cónyuge por vínculo de parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad, y que se encuentre en situación de discapacidad, dependencia o enfermedad grave.

VIOLENCIA DE GÉNERO

De la misma manera, podrán acogerse aquellas familias en las que exista una víctima de violencia de género, y respecto a los parados, se amplía su alcance al eliminarse el requisito de haber agotado las prestaciones por desempleo.

Por lo que respecta al alquiler, el código de buenas prácticas incluye la opción de alquiler de la vivienda habitual ejecutada, de modo que durante el plazo de vigencia de la suspensión del lanzamiento, el deudor podrá solicitar un alquiler de la vivienda en condiciones favorables.

El precio máximo anual del citado alquiler podrá ser el 3% del valor de la casa al tiempo de la aprobación del remate determinado según tasación, y el arrendamiento se podrá prolongar cinco años prorrogables.

La primera prórroga de la medida fue aprobada por el Ejecutivo en febrero del 2015, cuando acordó extender también en dos años, hasta el 2017, la suspensión de lanzamientos que vencía en mayo de ese mismo año. Esta iniciativa se incluyó en el real decreto ley de mecanismos de segunda oportunidad y reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social.