El Gobierno regulará un "modelo estándar de contrato" para las hipotecas que será de uso voluntario por parte de los bancos en su relación con sus clientes. Esta es la principal novedad del anteproyecto de reforma de la ley que regula los créditos inmobiliarios que el Consejo de Ministros ha analizado este viernes y que, según el Ministerio de Economía, va a "reforzar la protección al consumidor y mejorar la transparencia en los préstamos inmobiliarios".

Como ya había adelantado el ministro Luis de Guindos, el Gobierno planea obligar a los bancos a entregar al consumidor una ficha con todas las características del contrato antes de contratarlo (Ficha Europea de Información Normalizada o FEIN), que tendrá carácter de oferta vinculante durante un plazo de siete días. Economía ha explicado que el personal que evalúa la solvencia y comercializa los préstamos "deberá tener un nivel de capacitación que asegure que el prestatario recibe una información adecuada y ajustada a sus necesidades".

Junto a este documento, se entregará al cliente una Ficha de Advertencias Estandarizadas (FiAE) en la que el banco le informará de la existencia de cláusulas o elementos relevantes (cláusulas suelo, posibilidad de vencimiento anticipado, distribución de gastos asociados a la concesión del préstamo y préstamos en divisas) y los riesgos asociados a las mismas. Además, en el caso de tratarse de un préstamo a tipo de variable, se establecerá la obligación de la entidad de entregar al consumidor un documento separado con una referencia especial a las cuotas que tendrá que pagar en diferentes escenarios de evolución de los tipos.

MULTIDIVISAS

El Ejecutivo prevé también prohibir las ventas vinculadas de hipotecas con otros productos o servicios, aunque permitirá las combinadas, que define como "aquellas en las que se ofrece el préstamo por separado o en un paquete". Se establecen, además, límites a las comisiones por cancelación anticipada: el hipotecado tendrá derecho a reembolsar con carácter general todo o parte del préstamo sin más comisiones o compensaciones al banco que la "pérdida financiera durante un período y unos porcentajes máximos previstos legalmente".

Asimismo, por primera vez ser regulará el derecho del consumidor a convertir una hipoteca en moneda extranjera a la moneda en la que el cliente reciba sus ingresos o la del Estado miembro de laUnión Europea en el que resida, como mecanismo de cobertura y protección frente al riesgo de cambio. También se regulará la figura de los intermediarios de préstamos inmobiliarios y los prestamistas inmobiliarios distintos de entidades financieras.

En cuanto al papel de los notarios y registradores, Economía ha explicado que reforzará el "control de legalidad" realizado por estos colectivos sobre el contenido del contrato, de manera que no se autorizará la escritura si el banco no acredita que ha entregado la información precontractual siete días antes al prestatario. En estos siete días, el notario asesorará al cliente sobre el proyecto de contrato de préstamo inmobiliario y, en particular, sobre las cláusulas contractuales en él contenidas. Dicho asesoramiento, junto con la expresión manuscrita del consumidor manifestando que se le ha remitido la documentación precontractual y que comprende y acepta su contenido, se documentará en un acta notarial que no tendrá coste para el cliente.