Los trabajadores mayores de 65 años que decidan prolongar su vida laboral dejarán de tener reducciones fiscales complementarias en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a partir del 1 de enero de 2015, cuando entre en vigor la reforma de este gravamen que el Consejo de Ministros aprobó el pasado 1 de agosto.

La medida llega después de las reformas del sistema de pensiones que elevarán progresivamente la edad de jubilación hasta los 67 años a partir del 2027. En concreto, la edad de retiro se situará en 65 años y tres meses en el 2015. Hasta 52.930 contribuyentes se beneficiaron de esta medida en el 2012 con una deducción media de 2.700 euros por trabajador. Sin embargo, ahora que la edad de jubilación será mayor, se suprime "sin que se remplace por cantidad alguna en concepto de gastos deducibles", tal y como consta en la memoria del proyecto de ley.

Y esta no es la única medida de la reforma fiscal. El proyecto de ley sustituye también otras reducciones actuales por gastos deducibles de los rendimientos del trabajo. En concreto, las reducciones complementarias que se aplican hasta ahora por movilidad geográfica de personas desempleadas que acepten un puesto de trabajo que exija su traslado de residencia serán sustituidas por 2.000 euros anuales adicionales a las deducciones generales en dos ejercicios. Además, los trabajadores activos con discapacidad incrementarán la cuantía deducible en 3.500 euros anuales, o hasta 7.750 si acreditan necesitar ayuda de terceras personas, movilidad reducida o un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

Asimismo, el proyecto de ley reduce del 40% al 30% la reducción sobre los rendimientos del trabajo generados en más de dos años si se imputan en un único periodo impositivo, con un límite máximo que seguirá en los 300.000 euros. No obstante, no se aplicará esta reducción si en los cinco periodos impositivos anteriores el contribuyente hubiera tenido otros rendimientos de este tipo a los que ya hubiera aplicado la reducción. Para las indemnizaciones por despido, el plazo a tener en cuenta será el número de años de servicio del trabajador.

CAMBIOS PARA LAS EMPRESAS Por su parte, el proyecto de ley del Impuesto sobre Sociedades, que también entrará en vigor a principios del próximo ejercicio, mantiene varias de las deducciones que las empresas se pueden aplicar por creación de empleo y por contratación de trabajadores con discapacidad.

Sin embargo, suprime otras deducciones, entre las que se cuentan las de adaptación de vehículos para discapacitados o guarderías para los hijos de sus trabajadores, así como las de los gastos de formación profesional.