La Sala de lo Social del Tribunal de Superior de Justicia de Aragón ha ratificado el fallo del Tribunal de lo Social nº 8 de Zaragoza y, por tanto, desestima la demanda presentada por Yudigar Transformados del Alambre (Yutral) contra sus trabajadores por la huelga que realizaron en junio del 2003. La plantilla decidió convocar los paros ante la negativa de la firma a negociar el pacto de empresa y la aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Yutral argumentó que la huelga era ilegal porque pretendía alterar lo pactado en convenio en su vigencia. La sentencia dice "que nada impide los paros cuando su finalidad no sea estrictamente la de alterar el convenio, sino pedir interpretaciones del mismo o exigir reivindicaciones que no impliquen su modificación así como reclamaciones de incumplimiento empresarial".