El Gobierno ha aprobado hoy un decreto que determina el carácter formativo de las prácticas académicas externas, para que no deriven, en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral ni su contenido pueda dar lugar a la "sustitución" de puestos de trabajo.

El Consejo de Ministros ha dado el visto bueno a este decreto por el que se regula la incorporación de estudiantes universitarios en prácticas en el ámbito de las administraciones y entidades públicas, y empresas y entidades privadas.

Con este fin, en la normativa se recogen y precisan los fines que se pretenden alcanzar con las prácticas, que son de "carácter académico y no profesional", según la referencia del Consejo de Ministros.

Entre las modalidades de prácticas académicas externas están las curriculares, que se configuran como actividades académicas integrantes del plan de estudios de que se trate y con la duración que se establezca en ese marco.

Figuran además las prácticas extracurriculares que son aquellas que el estudiante podrá realizar con carácter voluntario durante su período de formación y que no forman parte del plan de estudios, pero serán contempladas en el suplemento europeo al título.

Estas prácticas tendrán una duración preferentemente no superior al 50 por 100 del curso académico, al igual que ocurría hasta ahora, según precisa Educación.

Se establecen asimismo criterios para la conformación del proyecto formativo en que se concreta la realización de cada práctica.

El decreto regula los convenios de cooperación educativa, establece un "contenido mínimo" y recoge la posibilidad de convenios marco así como de participación en los mismos, como una parte más, de las entidades gestoras de prácticas vinculadas a la Universidad.

Se definen también de forma más amplia los destinatarios de las prácticas académicas externas -cualquier estudiante matriculado en la enseñanza universitaria- y los requisitos que han de cumplir para su realización.

El texto establece los derechos y deberes de los estudiantes y tutores, así como los contenidos de los informes y memorias en los que se expresan los resultados de las prácticas y normas sobre el reconocimiento académico y acreditación de las mismas así como sobre su oferta, difusión y adjudicación.

Para mejorar la evaluación de las prácticas, se establece el contenido de los informes y memorias en los que se expresan sus resultados, y se precisa el contenido mínimo que debe tener el documento acreditativo de haberlas realizado, que también se incorporará al suplemento europeo del título.

Educación señala que el nuevo decreto recoge algunas directrices sobre oferta, difusión y adjudicación de las prácticas externas, como que las universidades darán prioridad a los estudiantes que tengan prácticas curriculares frente a los que soliciten las extracurriculares, o que la realización de éstas debe conllevar el menor "sobreesfuerzo económico" para los estudiantes.