Sin papeles. La campaña de la renta 2018, que comenzará el próximo martes 2 de abril para las declaraciones telemáticas y por internet, será la primera en la que ya no habrá papeles. Según la orden que regula los impresos y otros aspectos del periodo de autoliquidación del tributo, "desaparece la posibilidad de obtener la declaración y sus correspondientes documentos de ingreso o devolución en papel impreso generado a través del servicio de tramitación del borrador/declaración de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria". Se podrá imprimir la vista previa para revisarla, pero no se podrá presentar.

Otro de los hitos de la campaña puede ser que se superen por primera vez los 20 millones declaraciones, dado que en la campaña de la renta 2017 ya se estuvo muy próximo a esta cifra y siguiendo la tendencia al alza de las últimas campañas por la positiva evolución de la creación de empleo. Los salarios son los que cargan con el grueso del IRPF, con más del 80% de las declaraciones con este tipo de ingresos. Desde el 2008, el número total de declaraciones se mueve en el entrono de los 19 millones, sin llegar hasta la fecha los 20 millones.

MEDIOS ELECTRÓNICOS

Como consecuencia de la supresión de la presentación en papel adquiere aún mayor importancia la presentación por medios electrónicos a través de internet, en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, a través del teléfono o de las oficinas de Hacienda mediante cita previa, así como las que establezcan las autonomías. La progresión de las declaraciones de la renta por internet ha sido espectacular. Hace 10 años eran unos 7,5 millones mientras que en la última campaña de la que se tienen datos, la del 2016, en 2017, fueron 19,7 millones, según los datos de la Agencia Tributaria.

Apenas 350.000 de los más de 19 millones de declaraciones utilizaban aún el método de entregar los impresos en Hacienda o las entidades colaboradoras, como los bancos, según los datos de la Agencia Tributaria. En la anterior campaña, el 87% de las declaraciones se presentaron por vía telemática; el 1,7% en papel y el resto (algo mas de dos millones), en oficinas de la Agencia Tributaria.

El hecho de imprimir las predeclaraciones provocaba problemas de duplicidad y retrasos en el pago o devolución del IRPF. Era frecuente que los contribuyentes elaboraran su declaración a través de la plataforma digital de la Agencia Tributaria y justo antes de confirmarla utilizaran el módulo de impresión de la predeclaración sin confirmar. Los datos, sin embargo, ya quedaban incorporados a la base de datos de Hacienda.

DUPLICIDADES

Estos contribuyentes luego imprimían el modelo tributario con el resultado para consultarlo con su asesor o con su banco, pero ocurría que el banco o el asesor también lo presentaba. Esto producía duplicidades y generaba problemas de comprobación, con el consiguiente aumento de costes y retrasos a la hora de la devolución, que es uno de los trámites que Hacienda ha acelerado más, dado que afecta a tres de cada cuatro declaraciones aproximadamente.

Una vez presentada la declaración, sí será posible imprimir todos las hojas, bien sea para guardarlas; bien sea para realizar el pago en la ventanilla de una entidad financiera si, por ejemplo, se ha apurado hasta alguno de los últimos cinco días del plazo de presentación (en los que ya no es posible domiciliar el pago). Según fuentes de la Agencia Tributaria, el objetivo de esta modificación es evitar "duplicidades" en la información remitida por el contribuyente a la Agenca Tributaria.

CUALQUIER DISPOSITIVO

Dentro de este proceso de digitalización, en el 2014 ya se suprimió la posibilidad de presentar la declaración con bolígrafo, una vía que empleaban ya entonces apenas 35.000 contribuyentes. Y, un año después nació la plataforma Renta Web, para elaborar la renta 'on line' y que sustituyó por completo al programa Padre, creado en 1988.

Se puede utilizar desde cualquier dispositivo en distintas sesiones, sea un ordenador de sobremesa, un portátil, un móvil o una tableta, para comprobar, revisar o modificar borradores, o hacer la declaración. Todo directamente a través del servidor de la Agencia Tributaria, sin descargas previas de programas, ni de ficheros de datos.

En la actual campaña no hay muchas novedades, si bien hay elementos afectados por el hecho de que los Presupuestos Generales del Estado del 2018 no entraron en vigor hasta julio. Así, además de quedar exenta definitivamente la prestación de maternidad y paternidad pagada por la Seguridad, tras una sentencia del Tribunal Supremo que así lo establecía el año pasado, la obligación de declarar sufre algún cambio.

OBLIGACIÓN DE DECLARAR

En términos generales se mantienen los 22.000 euros brutos anuales, pero cuando hay más de un pagador el umbral es de 12.000 euros hasta el pasado 5 de julio y de 12.643 euros a partir de esa fecha, que es cuando entraron en vigor los Presupuestos del 2018. A su vez se incrementa en 1.000 euros adicionales la deducción por maternidad por gastos de guardería y custodia. También se amplían, con efectos desde el 5 de julio pasado, las deducciones por personas con discapacidad a cargo al cónyuge no separado legalmente y por familia numerosa.

Esto afecta también al gravamen que se aplica a las loterías y rifas. Quedan exentos los premios de hasta 2.500 euros hasta el 5 de julio del año pasado, mientras que de esa fecha en adelante la cifra es de 10.000 euros (por ejemplo para los de la lotería de Navidad). A su vez aumenta la deducción por inversión en empresas de nueva creación ('start-ups') del 20% al 30% y la base máxima se eleva de 50.000 a 60.000 euros.