El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de cuatro años y medio de cárcel impuesta por la Audiencia Nacional al expresidente de Caja Madrid y Bankia, Rodrigo Rato, por un delito continuado de apropiación indebida por haberse «lucrado indebidamente» y haber permitido el de los consejeros de esas entidades que usaron las tarjetas black. El alto tribunal confirma en líneas generales la sentencia de la Audiencia Nacional, que impuso la pena más alta, seis años de cárcel, a Miguel Blesa, cuya responsabilidad quedó extinguida tras su muerte.

Al tratarse de una sentencia firme, no es necesario realizar una vistilla para que la Audiencia Nacional decrete el ingreso en prisión del exvicepresidente del Gobierno. No obstante, si recurre en amparo ante el Tribunal Constitucional y su impugnación es admitida a trámite existe la posibilidad de que la ejecución de la pena, inferior a los cinco años de cárcel, quede en suspenso. En cualquier caso, la decisión será de la Audiencia que ayer aún no tenía notificación oficial de la resolución. En enero del año pasado sí mandó a prisión a cinco exdirectivos de Novacaixagalicia condenados a 2 años en firme.

La principal modificación que incluye el Supremo a la sentencia de la Audiencia es aplicar la atenuante muy cualificada de reparación del daño a todos los acusados, con independencia de que consignaran lo gastado con las tarjetas en el juzgado o se lo devolvieran a Bankia o al FROB. El exdirector general de medios de la entidad Ildefonso Sánchez Barcoj, condenado por la Audiencia Nacional a dos años y medio de cárcel, ve reducida su pena a un año. También han quedado fuera del límite de los dos años, en el que suele situarse la decisión de ingreso inmediato en prisión, Antonio Cámara y Francisco José Moure.

La pena mínima impuesta a los 64 condenados es a cuatro meses de prisión. De ellos, 15 con Rato superan los dos años. Es el caso del exsecretario de Estado de Hacienda con el PP Estanislao Rodríguez Ponga, el secretario general de CCOO de Madrid Rodolfo Benito y el expresidente de Telemadrid a propuesta de IU José Antonio Moral Santín.

La sentencia, de 456 páginas, considera proporcionada la pena impuesta a Rato por su posición preeminente en las entidades de cuyo patrimonio «se lucró indebidamente», pese a que esa posición le obligaba especialmente a la protección de los intereses de aquellas. No le aplica la atenuante de reparación del daño, porque debe responder civilmente por los consejeros a su cargo, pese a que la gran mayoría ya lo ha aportado. La Audiencia cifró en 12 millones de euros lo gastado con las black: 9,3 millones, en la etapa de Blesa y 2,6 millones, con Rato.

A su antojo / El tribunal considera acreditado que desde 1988, cargos de Caja Madrid y después de Bankia planificaron un sistema de tarjetas, de funcionamiento opaco, para el presidente y los miembros del Consejo de Administración y la Comisión de Control. «Estaba pervertido en su origen», pues ya entonces no era posible otra percepción dineraria que las dietas y las indemnizaciones. «Como se consideraron insuficientes, se decidió prescindir del camino legal, que habría conducido a solicitar un aumento de las cuantías y se construyó un sistema nuevo», las tarjetas.

No se exigía justificación alguna del gasto y no se reflejaban en contratos o en retribuciones. El único control que había sobre ellas eran «los límites mensuales o anuales establecidos» por los propios presidentes de la entidad, que «disponían a su antojo» del dinero de esta.

La sentencia distingue entre el papel de los presidentes, que pusieron en marcha el sistema (Blesa) o lo mantuvieron (Rato), y el de los directivos, cooperadores necesarios de la apropiación indebida. «Los receptores de la tarjeta no tenían la obligación de utilizarla, de forma que, si lo hacían, aceptaban la participación en el plan que se les ofrecía. Y con cada disposición concretaban la apropiación en su beneficio e incrementaban la total que el presidente autorizaba al señalar los límites mensuales o anuales para el uso de cada tarjeta», explica.

OPACIDAD / Dadas las características del sistema, con una opacidad no solo con Hacienda, sino también con quien no era beneficiario de las tarjetas, «no es posible aceptar que actuaran creyendo que el presidente tenía facultades para disponer de esa forma del dinero de la entidad para beneficiar a los miembros de los órganos de gobierno más allá de la percepción de las dietas autorizadas por ley y los estatutos. O que estaban actuando conforme a la ley al disponer de esa forma del dinero de la entidad para sus atenciones personales o para cualquier tipo de gasto sin control de ninguna clase y sin reflejo fiscal». «Ninguna persona con una formación mínima, lo que se podría identificar con el hombre medio, podría entender de forma mínimamente razonable, que unas percepciones dinerarias que funcionaban con tal grado de ocultación y opacidad, pudieran estar justificadas en las normas aplicables», concluye.

Rato tiene pendientes dos juicios. El 26 de noviembre será juzgado por fraude por la salida a Bolsa de Bankia, El otro es por delitos contra Hacienda y de blanqueo de capitales en una causa iniciada por un fraude fiscal.