La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto cuatro sanciones diferentes a Vodafone España, por un importe total de 8,15 millones de euros, por la realización de acciones de márketing y prospección comercial a través de llamadas telefónicas y envío de comunicaciones comerciales electrónicas.

La empresa Vodafone, según ha resuelto el organismo que vela por la adecuada protección de los datos personales en España, ha incumplido no solo la Ley de Protección de Datos Personales y Garantías de los Derechos Digitales, también la Ley General de Telecomunicaciones y la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de comercio electrónico.

La resolución recuerda que desde el segundo trimestre del año 2018 la Agencia Española de Protección de Datos ha recibido casi 200 reclamaciones contra esta empresa.

La mayoría de las reclamaciones contra Vodafone España denuncian la realización de acciones de mercadotecnia y de prospección comercial a través de llamadas telefónicas y mediante el envío de comunicaciones comerciales electrónicas, tanto de correos como de mensajes SMS, acciones que según la Agencia vulneran la legalidad.

Esas comunicaciones no han sido solicitadas o expresamente autorizadas por las personas que las han recibido, que no han podido ejercer el derecho a oponerse; o se han dirigido a personas que habían pedido su inclusión en la "lista Robinson" (un directorio al que se adscriben quienes no quieren recibir publicidad); y no se adecuaban tampoco a los procedimientos y garantías establecidas para realizar esas acciones de mercadotecnia.

La empresa recurrirá

Ante la multa por parte de la AEPD, desde la compañía explicaron a Europa Press que la resolución de la agencia es "recurrible", y manifestaron su intención de presentar este viernes un recurso de reposición, ante lo que consideran una sanción "desproporcionada".

"Vamos a presentar recurso de reposición ante la AEPD y, en función de lo que finalmente decida, dejamos abierta la posibilidad de interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, dado que entendemos que la responsabilidad que se imputa a Vodafone no nos corresponde. Son las entidades que actúan como responsables del tratamiento de los datos de los afectados las que deben responder de las imputaciones de la AEPD", explicaron.