El Tribunal Supremo delibera y decide mañana sobre el recurso presentado por la Confederación Intersindical de Crédito (CIC) contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza que condenó a cuatro años de cárcel a dos exdirectivos de la desaparecida Caja Inmaculada (CAI). En marzo del 2017, el tribunal condenó al ex director general Tomás García Montes, al exdirectivo Javier Alfaro y a un socio de ambos, Ramón Marrero, por un delito de apropiación indebida agravada.

La sentencia les impuso el pago de sendas multas de 3.600 euros a cada uno y de indemnizaciones por diversos conceptos que en conjunto rozan los 7 millones de euros, pero los absuelve de los delitos de administración desleal y estafa continuada.

Por ello, la CIC, sindicato de las antiguas cajas, interpuso un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, al considerar que los hechos probados, «tanto si se ejecutan en beneficio propio como si se hacen a favor de un tercero, no son actos apropiativos sino actos de administración desleal».

La causa se inició a raíz de la interposición en el 2012 por parte de la CAI, que ahora forma parte de Ibercaja Banco, de una denuncia contra los exdirectivos de la entidad por presuntos delitos de apropiación indebida y administración desleal, a la que posteriormente se sumó la CIC.

Los hechos probados son que los tres, que crearon una «persistente ideación delictiva», se aprovecharon de su posición para adquirir inmuebles a precios muy inferiores a los del mercado y conseguir créditos sin las garantías necesarias, todo lo cual causó un daño patrimonial a distintas sociedades dependientes de la extinta caja. Asimismo, considera probado que Arcai, una sociedad participada mayoritariamente por CAI Inmuebles, abonó parte del coste de un viaje de las tres familias a Egipto, cuyo importe total fue de 200.000 euros.

Aunque el alto tribunal decida mañana sobre el recurso, no es seguro que su decisión se haga pública ese día.