El traslado de sedes de empresas de Cataluña a otras zonas de España no cesa. Según datos del Colegio de Registradores de España en base a los registros mercantiles, el número de empresas que han trasladado su sede social o fiscal durante el mes de octubre asciende ya a un total de 691 empresas. Tras el 1-O se desató la inscripción de los cambios societarios. Entre el día 2 y el día 9, un total de 219 empresas cambiaron la sede, solo el día 10 inscribieron la modificación un total de 177 empresas, el día 11 de octubre lo hicieron otras 155 empresas; el día 13 lo hicieron un total de 81 y ayer cambiaron su domicilio social otras 59 (con datos solo del registro mercantil de Barcelona). Este mes, el número de empresas que cambió la sede social desde otras partes de España a Cataluña ascendió a 38.

El traslado de sede social es consecuencia del incremento de la tensión secesionista, que podría conducir a una declaración unilateral de independencia (DUI), un escenario político que abre incertidumbres. La finalidad económica del traslado de sede deriva de su efecto balsámico entre los clientes y proveedores, como una vía para evitar posibles boicots.

LAS RAZONES DE LA INCERTIDUMBRE

La mayoría de estudios que anunciaban las consecuencias de una declaración unilateral ya tenían previsto el traslado de sedes, aunque quizá en etapas más avanzadas del 'procés'. La razón de la incertidumbre es la apertura de un periodo de dobles competencias tras una declaración unilateral, en la que la Administración catalana se atribuiría a sí misma determinadas competencias no reconocidas por el Estado, y que éste también mantendría según el marco constitucional anterior. Ese periodo transitorio afectaría menos a empresas con domicilio social o fiscal fuera de Cataluña.

DOMICILIO FISCAL O SOCIAL

El domicilio de una empresa puede ser social y también fiscal. En el caso de CaixaBanc y del Banc Sabadell el traslado es de la sede social y de la fiscal, un grado más alto en las consecuencias económicas efectivas de esa situación. En ese caso, Valencia (CaixaBank) y Alicante (Sabadell) serán la referencia fiscal de ambos grupos. Esos territorios marcarán el sistema fiscal aplicable; la oficina tributaria de adscripción; el lugar para la práctica de notificaciones y el lugar físico concreto declarado y vinculante para el obligado tributario a efectos de procedimientos administrativos y del control fiscal. Quedarán al margen de políticas recaudatorias especiales que quiera marcar el Gobierno catalán, sea dentro o fuera del marco constitucional.