El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) declaró ayer "ilegal" el céntimo sanitario añadido en el 2002 al impuesto especial sobre hidrocarburos para financiar la sanidad en las comunidades autónomas. El Tribunal de la UE rechazó la petición del Gobierno de limitar las efectos temporales y las consecuencias económicas de esa declaración de ilegalidad, por lo que la sentencia deja la vía abierta para reclamar la devolución de una pequeña parte de los más de 13.000 millones recaudados con ese tributo desde el 2002 al 2012. El sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha) estima que cómo máximo el Estado deberá devolver 3.950 millones.

El céntimo sanitario desapareció como tributo separado el 1 de enero del 2013 y quedó integrado dentro del impuesto sobre hidrocarburos, que es lo que el Gobierno español tenía que haber hecho desde el principio. La legislación de la UE prohíbe establecer tasas sobre los carburantes distintas al impuesto especial sobre hidrocarburos, a menos que tengan una finalidad específica no presupuestaria, detalla la sentencia.

SIN EFECTO RETROACTIVO El Tribunal de la UE rechazó dejar sin efectos retroactivos la sentencia, porque estimó que el Gobierno había actuado de mala fe al mantener en vigor el céntimo sanitario durante 11 años, a pesar que la Comisión Europea ya había advertido en el 2001 a las autoridades españoles antes de crearlo que el impueso sería ilegal y de que el propio Tribunal Europeo había sentado jurisprudencia en 2000 contra este tipo de tributos en un caso similar

La sentencia desmiente las falsas afirmaciones del ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, de que la Comisión Europea autorizó en su día la creación de ese impuesto ilegalizado. "El dictamen de la Comisión Europea que esgrime el Gobierno español concluyó claramente que la introducción de un impuesto sobre los hidrocarburos de importe variable según las comunidades autónomas, como proponían las autoridades españolas, era contraria al Derecho de la UE", subraya la sentencia.

La sentencia es fruto de una pregunta formulada por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, a raíz de la reclamación presentada por una empresa de transportes para recuperar los 45.632 euros pagados por el céntimo sanitario entre 2005 y 2008

Las comunidades afectadas por el céntimo sanitario son todas, excepto La Rioja, País Vasco, Aragón, Navarra y Canarias. Las comunidades autónomas afectadas se apresuraron a señalar a que es el Estado central quien debe hacerse cargo del coste de devolver las eventuales cantidades cobradas por el ilegalizado impuesto.

Frente a los más de 13.000 millones recaudados por el céntimo sanitario, sólo se podrá reclamar la devolución de una cantidad muy limitada, ya que este derecho prescribe a los cuatro años. Por ello, sólo podrá reclamarse la devolución de lo pagado entre marzo del 2010 y diciembre del 2012. Para ello, además será imprescindible disponer de las facturas legales detalladas del pago del carburante, lo que excluirá en la práctica a la mayoría de consumidores particulares.