La abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) Juliane Kokott avaló ayer el impuesto sobre grandes establecimientos comerciales (IGEC) que imponen Aragón, Cataluña y Asturias a las grandes superficies y descartó que no aplicarlo a los puntos minoristas suponga para éstos una ayuda de Estado ilegal de acuerdo a las normas comunitarias.

En sus conclusiones, la letrada considera que el gravamen «parece adecuado» y «no resulta desproporcionado» para lograr los objetivos para los que fue creado, esto es, compensar el impacto territorial y medioambiental que ocasione su instalación en las comunidades que lo aplican.

El sistema fue recurrido por la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (Anged) al considerar que se trata de una «restricción a la libertad de establecimiento» y una ayuda de Estado «ilegal», una tesis que cuenta con el aval de la Comisión Europea, para quien se trata de una tasa que concede una «ventaja selectiva» a ciertas empresas.

Sin embargo, la abogada del Tribunal con sede en Luxemburgo consideró ayer que el IGEC está al servicio de la ordenación territorial y de la protección del medio ambiente, porque con él los establecimientos cubren parte del coste de las «externalidades negativas» que generan «de forma desproporcionada». Objetivos, añadió, que son reconocidos por el TUE como «causas de justificación» a una restricción de las libertades fundamentales.

El pronunciamiento, que no es vinculante para la sentencia definitiva aunque los fallos del TUE siguen en su mayoría la línea marcada por las conclusiones, responde a una consulta prejudicial del Supremo español.

El tribunal de justicia de la UE envió sus conclusiones al Gobierno de Aragón, que en su día ya defendió que el impuesto no constituía una ayuda de Estado. La DGA, que empezó a aplicar el impuesto en 2005, ingresa una media anual de seis millones de euros con este tributo.