Los policías que presten servicio mañana podrán elegir entre disponer de las cuatro horas libres que tienen adjudicadas para votar o, si renuncian a este derecho, disfrutar de un día libre o una remuneración económica variable en función de las condiciones en las que presten el servicio, por turno ordinario o como refuerzo. Así lo acordó Interior con el Sindicato Unificado de Policía (SUP), la Confederación Española de Policía (CEP) y la Unión Federal de Policía (UFP), en una reunión celebrada el pasado 24 de abril con motivo del dispositivo especial del Cuerpo Nacional de Policía para las elecciones europeas.

Así, el protocolo establece que tres agentes como máximo prestarán servicio en cada colegio electoral. Tendrá que haber dos como mínimo de forma permanente en el centro, así que si no se incorpora un tercer hombre, tendrán que llevarse la comida al lugar.

Por otro lado, los que estén activos tanto mañana como esta noche percibirán una retribución extraordinaria de 143,42 euros por prestar servicio en las elecciones.

Los que estén en turno rotatorio, de mañana o tarde, y no voten durante ese tiempo podrán elegir entre un día libre o una remuneración de la mitad del servicio extraordinario, es decir, 71,71 euros.

Por su parte, los que presten servicio esta noche como parte del dispositivo electoral tendrán un día libre además de la retribución completa.

Los que estén destinados en colegios electorales recibirán la retribución y el importe correspondiente a un día extra, por exceso de horario, independientemente de que empleen el tiempo en votar o no.

Por último, los que participen como refuerzo del operativo especial en el dispositivo electoral en jornada partida y no ejerciten su derecho a votar recibirán, como los de turno ordinario la retribución y un turno libre, de mañana o tarde.

Es decir, los agentes que trabajen en jornada partida podrán votar cuando no estén de servicio y lograr la remuneración correspondiente al no librar las cuatro horas de rigor.

El acuerdo recoge también que los policías en segunda actividad con destino podrán prestar servicio extraordinario de forma voluntaria, siempre que este tenga la consideración de no operativo.

También recomienda a los agentes que disfruten de este día libre en los próximos 15 días, siempre que las necesidades del servicio lo permitan.