El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha rechazado el recurso de la organización humanitaria Sea Watch. No considera imperativo obligar a Italia a permitir el desembarco de los 42 inmigrantes subsaharianos rescatados por el barco Sea Watch 3, que se encuentra cerca de sus aguas territoriales, frente a Lampedusa.

El Tribunal de Estrasburgo puntualizó que «cuenta con que las autoridades italianas continúen ofreciendo toda la asistencia necesaria» a las personas vulnerables por su edad o su salud que sigan a bordo.

La capitana del barco de la oenegé alemana, Carola Rackete, y los inmigrantes de Níger, Guinea, Camerún, Mali, Costa de Marfil, Ghana, Burkina Faso y Guinea Conakry pidieron el pasado día 21 a los jueces europeos que impusiera medidas provisionales de excepción para poder desembarcar en un puerto italiano.

Fueron rescatados por la tripulación del Sea Watch 3 hace trece días y, hace diez días, diez personas (menores y mujeres embarazadas pertenecientes a tres familias) fueron desembarcadas en Italia tras una inspección sanitaria. Se hizo lo mismo con otro tripulante posteriormente debido a su estado de salud.

El 17 de junio Rackete solicitó a un tribunal administrativo regional que suspendiera el decreto interministerial que prohíbe la entrada del navío en aguas territoriales italianas. Pero esa instancia lo denegó, porque consideró que las personas vulnerables ya habían sido desembarcadas. De modo que «no había razones de excepcional gravedad y de urgencia».

Los demandantes recurrieron entonces ante el Tribunal de Estrasburgo alegando el derecho a la vida y la prohibición de tratos inhumanos o degradantes, protegidos por el Convenio Europeo de Derechos Humanos. Tras recibir información de las partes sobre el número de personas trasladadas a puerto, su estado de vulnerabilidad, la situación actual a bordo del navío y el estado físico y psíquico de los inmigrantes, una sala del TEDH decidió no aplicar la medida provisional. El artículo 39 del Reglamento del Tribunal de Estrasburgo está contemplado para cuando los demandantes están expuestos a un riesgo inminente e irreparable.