El Ministerio de Educación ha publicado hoy las condiciones para la ampliación de los periodos de carencia y amortización a los estudiantes de máster y doctorado afectados por la línea de créditos ICO 2010-2011, que pasan, según la duración de los estudios, hasta cuatro, seis y diez años.

En la resolución recogida en el Boletín Oficial del Estado (BOE) se dictan las instrucciones para que, de acuerdo a una enmienda del PP a los Presupuestos Generales del Estado de 2014, los universitarios que tengan suscrito un préstamo con una entidad financiera adherida a la Línea ICO-Préstamos Universidad 2010/2011 podrán solicitar la ampliación del periodo de carencia y de amortización.

La crisis económica y la dificultad para encontrar empleo ha provocado que muchos de los jóvenes que firmaron uno de esos préstamos para realizar estudios de máster y doctorado tengan ahora dificultades para devolverlos en los plazos previstos, por lo que el pasado año denunciaron sus situación y pidieron una ampliación en los pagos.

Según la resolución del BOE, firmada por el secretario general de Universidades, Federico Morán, los préstamos para estudios de máster o doctorado de 60 créditos o equivalentes a un curso académico, podrán ampliar de dos a cuatro años el período de carencia y el período de amortización pasará de cuatro a seis años.

Los préstamos para estudios de máster o doctorado de 90 créditos o equivalentes a más de un curso académico, podrán ampliar de tres a cinco años de carencia y el período de amortización pasará de cinco a ocho años.

Y los préstamos para estudios de máster o doctorado de 120 créditos o equivalentes a dos cursos académicos, podrán ampliar de cuatro años a seis años la carencia y el período de amortización pasará de seis a diez años.

Durante los nuevos periodos de carencia se aplicará el tipo de interés 0%.

Para aquellos prestatarios a los que les finalizó el periodo de carencia en el año 2013, el plazo será de dos meses a partir de hoy; para los prestatarios que el período de carencia finalice en 2014, comenzará desde dos meses antes de la finalización del período de carencia de las operaciones y finalizará el día 15 de octubre de 2014, inclusive.

Y para los prestatarios que el período de carencia finalice en el año 2015, comenzará dos meses antes de la finalización del período de carencia de las operaciones y finalizará el día 15 de octubre de 2015, inclusive.