La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional considera que la responsabilidad y la relevancia de las funciones de los altos cargos hace que deba facilitarse la identidad de aquellos que no cumplan con la obligación de hacer pública su declaración de bienes, por lo que el Gobierno debe proporcionarla si le es solicitada.

La Audiencia se pronuncia en relación con una petición de información en este sentido realizada por parte de 'El País', respecto a la que discreparon el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) y la Oficina de Conflictos de Intereses (OCI), ambos organismos dependientes del Ministerio de Política Territorial y Función Pública.

En su sentencia la Sección Séptima afirma que "el alto cargo, por la responsabilidad que conlleva y la relevancia de las funciones que desempeña, sólo puede ser ejercido por personas que respeten al marco jurídico que regula el desarrollo de su actividad y con las máximas condiciones de transparencia, legalidad y ausencia de conflictos entre sus intereses privados y los inherentes a sus funciones públicas".

Por eso, "en estas condiciones, el acceso a la información pública, consistente en la identidad del alto cargo que no ha cumplido con las obligaciones relativas a las declaraciones de actividades económicas y declaración de bienes y derechos de acuerdo con Io previsto en la Ley reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, debe ceder ante su derecho a la protección de datos".

La sentencia cuenta con el voto particular de un magistrado que consideraba que la petición de información no estaba lo suficientemente justificada, ni había concluido el expediente administrativo respectivo, por lo que facilitarla "podría ocasionar perjuicios importantes en el honor de aquella persona que, precisamente por desempeñar un alto cargo, debe cuidar con esmero de su buen nombre y reputación y estas se verían claramente comprometidas cuando se divulgara una información que, finalmente, no resultara confirmada".