José De Haro, exviceconsejero de Economía de la Junta de Andalucía imputado la semana pasada en el caso de los ERE, ha recurrido su imputación "postrera, errónea, deslavazada y evanescente".

José De Haro ha sido el último de una treintena de exconsejeros, exviceconsejeros y otros antiguos altos cargos andaluces imputados en el caso de los ERE y compareció ante la juez instructora, Mercedes Alaya, el pasado 30 de julio.

El ex alto cargo se acogió a su derecho a no declarar y ahora, en un recurso que eleva directamente ante la Audiencia de Sevilla, argumenta que Alaya no es competente para seguir instruyendo el caso dada la presencia de aforados, cuya preimputación ella misma va a enviar en breve al Tribunal Supremo.

El abogado de De Haro, José María Mohedano, pide que el auto de imputación de su cliente sea declarado nulo por vulneración "grave del derecho constitucional al juez predeterminado por la ley, del que ha de gozar mi defendido".

Se trata de un auto con una "nulidad congénita", defiende el letrado.

Además, pide la nulidad por falta de motivación del auto que acusó a su cliente, ya que en un principio Alaya le imputó ser responsable del "impulso y coordinación de la política presupuestaria" andaluza pero, al comienzo de su comparecencia, la juez advirtió de que se había producido una modificación ya que entre 2004 y 2009, cuando él fue secretario general de Hacienda, las competencias de coordinación de la política presupuestaria recayeron en el viceconsejero del ramo.

Ese cambio sorpresivo, según el recurso de Mohedano, "no es sino el índice más evidente, la prueba del 9, si se nos permite el castizo adagio, del sinsentido de una imputación postrera, errónea, deslavazada y evanescente".

La imputación quedó restringida a formar parte de los grupos de trabajo que cada año examinaban los programas presupuestarios, pero el recurso argumenta que su función no era "el análisis de la legalidad de los procedimientos de gasto, que se han de producir con posterioridad a la aprobación del presupuesto".

El defensor analiza las normas de elaboración del presupuesto en la Junta de Andalucía y afirma que "se constata, de manera concluyente, que mi defendido sólo tuvo relación con la elaboración del estado de ingresos, nunca con el de gastos".