La Fiscalía aún no se había pronunciado sobre la causa abierta por la jueza de Instrucción número 51 de Madrid, Carmen Rodríguez-Medel, contra el delegado del Gobierno madrileño, José Manuel Franco, por no haber impedido concentraciones en Madrid las semanas previas a la declaración del estado de alarma, como la del 8-M. El ministerio público, que estaba a la espera de la reanudación de los plazos procesales el pasado día 4, aunque la magistrada no lo hiciera, ha recurrido tanto la apertura de las diligencias como la imputación de Franco y pide el archivo del procedimiento.

La Fiscalía explica que las diligencias se abrieron a raíz de la denuncia de un abogado por un delito de prevaricación administrativa por permitir manifestaciones, a pesar de que el 2 de marzo de 2020 el Centro europeo para el control y prevención de enfermedades había emitido un informe en el que instaba a los Estados miembros a considerar la cancelación de las concentraciones masivas en casos excepcionales. Pero ese delito necesita en primer lugar concretar el hecho que se considera prevaricador y la jueza no lo hace en su auto.

La propia resolución, según el fiscal, ponía de manifiesto que resulta "palmario" que el mero hecho de recibir comunicación acerca de la futura celebración de una manifestación, "en ningún caso resultará subsumible" en ese delito, porque no puede equivaler a dictar una resolución, que no solo debe resultar "ilícita, sino también arbitraria". A Franco, añade no se le puede atribuir haber dictado una resolución, sino tampoco un comportamiento arbitrario ,"en tanto que no ha realizado actuación ni omisión que vulnere el ordenamiento jurídico en aras de la prevalencia de su exclusiva voluntad personal".