La Fiscalía del Tribunal Supremo ha presentado este lunes recurso de casación por la sentencia dictada por la Audiencia de Baleares por la presunta malversación de fondos a través del Instituto Noos. En su escrito, de 105 folios, solicita que Iñaki Urdangarín sea condenado por un delito de prevaricación continuada en concurso con falsedad en documento público y malversación de caudales a más pena de la incialmente impuesta, que fue de seis años y tres meses de prisión). En el caso de que el alto tribunal estimara la tesis del fiscal, el yerno del Rey Felipe VI entraría en la cárcel. También pide que se eleve la pena para el resto de condenados.

Iñaki Urdangarin fue el primer miembro de la realeza española que fue condenado por corrupción. En cambio, la infanta Cristina, acusada solo por el sindicato Manos Limpias, fueabsuelta de dos delitos de fraude a Hacienda, aunque los magistrados le impusieron el pago de 265.088 euros en concepto de responsabilidad civil por haberse lucrado con el dinero conseguido por su marido. La Audiencia impuso al exduque de Palma seis años y tres meses de cárcel, siete años y un mes de inhabilitación y multa de 512.553 euros. Una condena muy por debajo de los 19 años de prisión que reclamaba la Fiscalía Anticorrupción.

La Audiencia de Palma destacaba en su sentencia que la infanta Cristina “desconocía” y no era "consciente" de la existencia de “ilícitos penales (delito fiscal y malversación)" en las actuaciones de su marido y, por lo tanto, no participó “en su ejecución”. Tampoco ha quedado acreditado que participara en la "ocultación" de lo que debía declarar a fisco su esposo en el 2007 y el 2008. Por ello, se la absuelve de los delitos de fraude a Hacienda que le atribuía la acusación popular de Manos Limpias y por la que pedía cárcel. El fiscal no acusaba a la infanta. No obstante, sí consideraban probado que, a pesar de que la infanta desconocía las acciones de Urdangarin, incorporó a su patrimonio dinero ingresado en las cuentas de la sociedad Aizoon (compartida con su esposo al 50%) que se había “ocultado y sustraído” a Hacienda, así como "la cantidad malversada" procedente del reparto de beneficios acordado entre Urdangarin y Torres.

ENTRAMADO SOCIETARIO

Urdangarin, por suparte, fue ondenado por prevaricación, fraude a la Administración pública, tráfico de influencias y dos delitos fiscales, pero ha quedado exonerado de blanqueo de capitales. Por este delito solo pagará su exsocio Diego Torres, de quien las juezas consideran acreditado que usó empresas en Belice y Reino Unido.

Según recogen los hechos probados de la sentencia, de 741 páginas, ambos acordaron que Torres se dedicara a los proyectos y a la dirección de la estructura de Nóos, y Urdangarin se ciñiera al ámbito institucional y comercial, “proporcionando los contactos necesarios que, al más alto nivel, su privilegiado posicionamiento le preocupara”, dada su "proximidad a la Jefatura del Estado”. Ese estatus le permitía ejercer una “presión moral de entidad suficiente como para mover la voluntad de los funcionarios y autoridades”.

Para llevar a cabo sus negocios, Urdangarin y Torres constituyeron “un entramado societario” alrededor del Instituto Nóos. El Gobierno balear, presidido entonces por Jaume Matas, condenado a tres años y ocho meses de prisión, empezó a contratar a sus empresas para la realización de proyectos, como los denominados Illes Balears Fórum 2005 y 2006, cuya adjudicación se efectuó prescindiendo de la tramitación legal aplicable. También cobró por la intermediación en el patrocinio de un equipo ciclista. Nóos percibió por los dos eventos 2,3 millones de euros. Ambos socios emitieron a través de sus sociedades 425 facturas. Urdangarin cobró a través de Aizoon 837.683 euros y Torres, con sus empresas, 838.566 euros.