Una vez se conozcan los resultados defintivos de las elecciones en Cataluña se activarán los mecanismos para constituir el Parlament en las próximas semanas, y con ello proceder a la investidura del nuevo president de la Generalitat. Se estima que el proceso culminará a finales de marzo como muy tarde, aunque, en caso de no haber mayoría para ello, se abriría una repetición electoral que se llevaría a cabo en julio.

El Parlament salido de las urnas debe constituirse dentro de los veinte días hábiles posteriores a los comicios, lo que significa que el plazo límite es el 12 de marzo. En esa sesión constitutiva, los 135 diputados elegirán al nuevo presidente del Parlament, así como las dos vicepresidencias y las cuatro secretarías de la Mesa de la cámara catalana.

Después de transcurridos diez días tras la constitución de la cámara catalana, se deberá celebrar el pleno de investidura, que en caso de agotarse los plazos tendría lugar como muy tarde el 26 de marzo.

Propuesta de candidato

El presidente de la cámara debe proponer un candidato a la investidura (obligatoriamente uno de los 135 diputados) después de haber realizado las consultas pertinentes con los líderes de las fuerzas políticas representadas en el Parlament, y sondear quién podría reunir la mayoría necesaria para ser investido.

La investidura del president, que inicialmente precisa del apoyo de la mayoría absoluta del Parlament (mínimo de 68 diputados), y si el candidato no alcanza esa cifra puede someterse dos días después a una segunda votación, en la que le bastará la mayoría simple. Más votos a favor que en contra.

Si no se consuma una elección en esta segunda vuelta, se inicia un plazo de dos meses, desde el momento de la primera votación. Transcurridos esos dos mees y si se hubiesen agotado previamente todos los plazos (sobre el 26 de mayo) sin un nuevo presidente, el Parlament quedaría disuelto y se convocarían nuevas elecciones, que deberían celebrarse al cabo de 54 días, a mediados de julio.