TRIBUNAL SUPREMO
Izquierda Unida recusa a Marchena y los magistrados que rechazaron su querella contra el emérito
Considera que sus comentarios sobre la acción popular afectan a su apariencia de imparcialidad
ÁNGELES VÁZQUEZ
02/03/2021
Izquierda Unida, el PCE y el Foro de Abogadas y Abogados de Izquierda no se resignan al no del Tribunal Supremo a su querella contra el rey emérito. Después del segundo revés -el que se produjo contra su ampliación de la querella que ha había sido rechazada con anterioridad- han optado por interponer un incidente de recusación contra el presidente de la Sala Segunda, Manuel Marchena, y los cuatro magistrados que firmaban con él el auto en el que daba carpetazo a su iniciativa y a la interpuesta en el mismo sentido por Òmnium Cultural. El alto tribunal entendía que no ofrecían más que recortes de prensa y recordaban que la fiscalía tiene varias diligencias de investigación abiertas en relación con Juan Carlos I.
El escrito de los recusantes, al que ha tenido acceso El Periódico, se basa en que consideran que ciertos comentarios contenidos en esa resolución "muestran una evidente animadversión y hostilidad, demostrada por escrito al calificar y tildar a las partes querellantes de profesionales de la acción popular". Sostienen que el Supremo les acusa de degradarla al "intentar convertir noticias en delitos", lo que supone que "se recrimina, reprocha y afea a esta parte querellante incurrir en una supuesta 'regularidad selectiva', que realmente puede referirse a cualquier cosa o quizá a nada, y que no se entiende muy bien, pero parece ser algo bastante malo".
Añaden que la segunda regularización fiscal realizada por Juan Carlos I relativa a los pagos recibidos en forma de vuelos de la fundación Zagatka "da plena verosimilitud a los denunciado en la querella que ha sido tildada como degradante por la Sala", lo que en su opinión solo puede ser "un indicio objetivo de su perdida de apariencia de imparcialidad".
Apertura del año judicial
Para defender el incidente, los recusantes se remiten a la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que condenó a España porque en un juicio contra Arnaldo Otegi una de las juezas le dijo que ya sabía que no iba a contestar a su pregunta de si condenaba el terrorismo de ETA.
El resto de alegaciones consisten en que creen que se produce "una indudable situación de vinculo jerárquico entre el querellado y los magistrados de la Sala", porque según la Constitución española la justicia se imparte en nombre del rey y este participa en la apertura del año judicial en el Supremo y en la entrega de despachos a los nuevos jueces.
Además, sostienen que "existe un indudable interés de las principales instituciones del Estado en preservar la imagen de la institución de la Corona en aras de salvaguardar la estabilidad de la institución monárquica ligada al resto de instituciones del Estado por la clausula de lealtad hacía la Corona".
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