El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha dado un paso trascendental en la instrucción del 'caso del 3%'. Ha imputado a CDC y a su sucesor, PDECat, como persona jurídica, por los delitos de tráfico de influencia, cohecho y blanqueo de capitales, que habrían cometido durante 11 años, según detalla el magistrado en su resolución.

El magistrado, que considera al PDECat, un mero continuador de Convergència, emplaza a estos partidos para que designen abogado y procurador y puedan defenderse en el procedimiento.

En su auto explica que en esta causa se investiga a altos cargos del partido político CDC quienes, en relación con otros cargos públicos y funcionarios de distintas Administraciones e instituciones públicas de Catalunya, pusieron en marcha una estructura para financiar ilegalmente el partido político, en forma encubierta mediante “donaciones” a Fundaciones ligadas a dicha formación (Catdem y Fórum Barcelona), “en connivencia con empresarios y otros cargos de índole política, alterando todo tipo de concursos públicos, con la finalidad de "dirigir" los mismos hacia empresas que, a su vez, colaboraban con "donaciones" al partido".

Los pagos, indica De la Mata, se obtenían por las Fundaciones y, por ende, por el partido político CDC, en ocasiones como contraprestación por la adjudicación de contratos de obra pública o de servicios, con “vulneración de los principios de legalidad, igualdad y transparencia y, en otras simplemente para conseguir mejorar las expectativas de ser beneficiarios de tales contratos”.

Más de 218 millones

El monto total de licitaciones comprometidas asciende por el momento, según el cómputo realizado por el juez, a 218.759.664 euros. El importe de las adjudicaciones definitivas asciende a 168.706.262, a los que hay que añadir los modificados de proyectos (1.777.626) y las prórrogas (4.539.755), es decir, aproximadamente 175.000.000. Las donaciones irregulares ligadas a estas adjudicaciones se calculan en más de 1.000.000.

El auto del juez argumenta que CDC no disponía de un sistema o incluso un mero protocolo de control interno que garantizara la adecuada intervención y contabilización de todos los actos y documentos de los que se derivaran derechos y obligaciones de contenido económico que pudiera ser sometido a verificación e informe, según los propios informes de auditoría interna del Partido, circunstancia que el Tribunal de Cuentas considera incumplimientos.

Tanto los órganos como el personal con responsabilidad directiva en CDC estaban en conocimiento de las irregularidades advertidas en relación con la operativa de financiación que se investiga en esta causa y, por tanto, concluye que esta formación política “carecía de normativa de control interna, y conocía, al menos a través de los informes emitidos por el Tribunal de Cuentas, las irregularidades que pudieran derivarse de los pagos a través de los cuales sus fundaciones vinculadas, derivan a favor del partido buena parte de las aportaciones económicas que reciben en concepto de donación”.

De forma sistemática e inalterable

La operativa investigada, según el juez, ha estado sostenida en el tiempo de carácter sistémica y permanece inalterable, con independencia de los relevos que se puedan producir en las personas integrantes de dichas estructuras. Como prueba de ello, señala que los cambios en la estructura del partido no supusieron en ningún caso un cese en la comisión de los hechos investigados, suponiendo únicamente una modificación en la identidad de las personas partícipes en los mismos.

El juez afirma que pese a ser conocedores de esta operativa de financiación Ilícita, en las que se utilizaba a las fundaciones vinculadas al partido como "sociedades Interpuestas" a través de las cuales, empresas adjudicatarias de contratos públicos hacían llegar al partido comisiones, que simulan corresponderse con donaciones, los órganos y cargos con responsabilidad en el partido, no habrían emprendido ninguna Iniciativa para impedir una actividad delictiva que se mantiene, al menos, durante 11 años.

La juez se remonta a julio de 2016, cuando desde CDC se toma la decisión de cesar en su actividad e impulsar la fundación de un nuevo partido político, el PDeCat. De la Mata concluye que la creación de este partido se corresponde con “la mera transformación o cambio de apariencia de una misma realidad, con la finalidad de desconectarse de las responsabilidades en las que pudiera haber incurrido la formación política precedente (CDC)”.

“La conclusión alcanzada -dice el juez- es que la supuesta disolución como 'actor político' de CDC y la creación del PDECAT como nuevo partido político, pudiera definirse como meramente aparente, al conservarse en el nuevo partido una identidad sustancial con la estructura, funcionamiento y recursos humanos y materiales, con los que contaba el anterior partido y que, en muchos casos, son titularidad de CDC”.

Estos indicios, agrega, parecen “corresponderse con el hecho de que, a los limitados efectos que ahora interesan, la creación del PDECAT se podría identificar con una mera transformación o incluso con un simple cambio de apariencia, del partido que impulsa su creación, CDC, para eludir las responsabilidades penales en que hubiera podido incurrir”.