El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 24 de Madrid ha paralizado cautelarmente la moratoria de las multas en Madrid Central apenas cinco días después de la entrada en vigor de la suspensión acordada por el alcalde José Luis Martínez Almeida (PP), que gobierna en coalición con Ciudadanos.

En un auto al que ha tenido acceso Efe, el juez Jesús Torres reactiva las multas como medida cautelar "provisionalísima" y de "inmediato cumplimiento", al tiempo que da al Ayuntamiento un plazo de tres días para alegar por escrito "lo que estime procedente".

Lo hace en respuesta al recurso que esta misma mañana han presentado Ecologistas en Acción y Greenpeace en nombre de la Plataforma en Defensa de Madrid Central, el proyecto impulsado por el Gobierno de Manuela Carmena, y una de sus banderas políticas, para controlar el acceso de vehículos al centro de la capital y así reducir las emisiones contaminantes.

El magistrado señala que, de no adoptar la suspensión cautelar, se perdería la "finalidad legítima al recurso", dado que "se habría producido una evidente emisión de gases contaminantes" en la zona de Madrid Central a causa de "la entrada de vehículos contaminantes no autorizados, que al no ser sancionados durante el periodo de aviso entrarán sin limitación ni control alguno".

El juez no se pronuncia sobre el fondo del asunto, algo que hará en una pieza separada más adelante, pero sí apunta que a las corporaciones locales les corresponde el control de las actividades susceptibles de afectar al medio ambiente y "adoptar de forma eficaz las medidas necesarias y suficientes para impedir la persistencia de aquella contaminación".

También deben proteger otros valores, relacionados con el derecho a un medio ambiente adecuado, como es el derecho a la salud, añade.

Plantea el juez que, en coherencia con la actuación de las administraciones públicas para proteger esos valores, los tribunales deben respaldar con eficacia esas acciones. Y recuerda que el Constitucional "ha fijado la protección del medio ambiente como límite legítimo a la actividad económica", utilizando como parámetro para armonizarlos "el interés general".

De este modo, el juez suspende, al menos de forma cautelarísima, la moratoria a las sanciones económicas, que arrancó el pasado 1 de julio y que se extendía hasta el 30 de septiembre.

Con ello, el juzgado devuelve Madrid Central a su estado original, por lo que los conductores que accedan indebidamente a este área de bajas emisiones recibirán la sanción en vigor hasta el pasado lunes, 1 de julio.

La medida cautelarísima no admite recurso alguno y es de "inmediato cumplimiento". El juez da tres días al Ayuntamiento de Madrid para que alegue por escrito lo que considere oportuno sobre el fondo del asunto y, a partir de ese momento, se pronunciará "sobre el levantamiento, mantenimiento o modificación de la medida adoptada".