Un juez de Manresa ha denegado el 'habeas corpus' presentado este viernes por la mañana por la esposa y el padre de Oriol Junqueras por "detención ilegal" y en el que reclamaban su liberación inmediata. La magistrada la inadmite al considerar que no se ajusta a las exigencias legales que regulan este procedimiento.

La fiscalía había informado horas antes en contra de su tramitación porque faltan los requisitos necesarios, pues el encarcelamiento del dirigente independentista fue acordado por el Tribunal Supremo a raíz de la sentencia del 'procés'. En su resolución, la jueza avala la tesis del fiscal y señala que la privación de libertad de Junqueras, por lo tanto, "fue acordada por decisión judicial".

El escrito que firman Artur Junqueras y Neus Bramona ha sido presentado en el juzgado de guardia de Manresa que es el órgano judicial al que corresponde el centro penitenciario de Lladoners (Sans Joan de Vilatorrada), en el que está encarcelado el exvicepresidente de la Generalitat.

El padre y la esposa del dirigente indepedentistas solicitaban que el juez analizara la situación en la que se encuentra su hijo, encarcelado por la sentencia del 'procés', al considerar que esta retenido de forma ilegal. Argumentaban que debía cumplimentarse obligatoriamente la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que otorgaban la inmunidad al lider de ERC desde el 13 de junio del 2013, día en que fue elegido europarlamentario y que se procediera a su libertad.

Este procedimiento de 'habeas corpus' se utiliza normalmente para personas detenidas por la policía, no de encarceladas, aunque en ocasiones se han solicitado presos que considera están recluidos más tiempo del legalmente establecido.

La ofensiva judicial impulsada por la familia de Junqueras responde a la decisión de este jueves del Tribunal Supremo de mantener en prisión al exvicepresidente y denegarle la inmunidad, tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que lo reconoció como eurodiputado.

ARRESTOS ARBITRARIOS

El 'hábeas corpus' constituye una institución de orden jurídico que busca evitar los arrestos arbitrarios y que garantiza la libertad personal del individuo. El recurso suele emplearse para impedir abusos por parte de las autoridades, ya que obliga a dar a conocer la situación del detenido ante un juez.

Esta figura procedente del derecho anglosajón y está recogida en el artículo 17 de la Constitución, que regula el derecho fundamental a la libertad y la seguridad, y consiste en la “inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente”. Es, en definitiva, una garantía del ciudadano frente a cualquier privación de libertad ilegítima.

DERECHOS FUNDAMENTALES

Entre las causas que permiten considerar no válido un arresto, según la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, figuran la arbitrariedad -inexistencia de presupuestos legales para la detención-, la vulneración de derechos fundamentales, el haberse superado el tiempo legal de detención (fijado en 72 horas como máximo o cinco días por causas de terrorismo), la ausencia de motivación de una medida de prisión provisional o la vulneración de derechos procesales de la persona privada de libertad.

El procedimiento, según la ley, se inicia mediante escrito o comparecencia sin necesidad de que intervengan el abogado o procurador del detenido. Simplemente se debe hacer constar los datos personales del solicitante y, en su caso, de la persona para la que se solicita el amparo, lugar y circunstancias relevantes de la privación de libertad y motivo concreto por el que se insta el habeas corpus. En la mayoría de los casos, estas peticiones son denegadas.