La Audiencia Nacional ha dictado este jueves la peor sentencia que podía esperar el PP por el 'caso Gürtel'. El fallo por las prácticas corruptas cometidas entre 1999 y 2005, en Madrid, Castilla-León y la localidad malagueña de Estepona, condena a su extesorero Luis Bárcenas a 33 años y 4 meses de cárcel y a Francisco Correa a 51 años y 11 meses de cárcel, pero también deja negro sobre blanco que el Grupo Correa y el Partido Popular tejieron "un auténtico y eficaz sistema de corrupción institucional" a través de la "manipulación de la contratación pública central, autonómica y local".

El PP, además, ha sido declarado partícipe de la trama a título lucrativo, porque se benefició de los delitos, aunque ignoraba que se cometían, situación en la que también se encuentra la exministra de Sanidad Ana Mato y Gema Matamoros, esposa del exalcalde de la localidad madrileña de Majadahonda. El partido tendrá que pagar 133.864 euros por la campaña que sufragó Correa en ese municipio, para que fuera alcalde Guillermo Ortega (condenado a 38 años y 3 meses de prisión), y 111.864, al de Pozuelo, el exmarido de Mato Jesús Sepúlveda (14 años y 4 meses). En este punto es donde el ponente de la resolución, Ángel Hurtado, ha emitido un voto particular discrepante por no compartir la condena del partido de Mariano Rajoy.

La sentencia, que ha absuelto a ocho de los acusados, entre ellos a Álvaro Pérez, conocido como 'El Bigotes', también ha condenado a la mano derecha de Correa, Pablo Crespo, a 37 años y medio de prisión y a la mujer de Bárcenas, Rosalía Iglesias, a 15 años y un mes. El ex consejero de Deportes madrileño Alberto López Viejo, lo ha sido a 31 años y 9 meses de prisión, mientras que la exmujer de Correa Carmen Rodríguez Quijano, a 14 años y 8 meses. El contable de la trama corrupta, José Luis Izquierdo, cumplirá 17 años y 7 meses.

Colaboración estrecha y estable

Pero más allá de las condenas, la sentencia es muy dura al describir que en los años juzgados entre el Grupo Correa y el PP se tejió una estructura de colaboración estable y consistente en prestación de múltiples y continuos servicios relativos a viajes, organización de eventos, dentro de lo que sería la normal actividad de un partido político. Se creó, afirma, “en paralelo un auténtico y eficaz sistema de corrupción institucional a través de mecanismos de manipulación de la contratación pública central, autonómica, y local a través de su estrecha y continua relación con influyentes militantes de dicho partido, aquí enjuiciados, que tenían posibilidades de influir en los procedimientos de toma de decisión en la contratación pública de determinados entes y organismos públicos que dirigían o controlaban directamente o a través de terceras personas”.

Por ello las empresas de Correa o empresas terceras elegidas, con el apoyo de los cargos públicos condenados, gozaban de un arbitrario trato de favor en la contratación pública. Inflaban precios que se cobraban de las distintas administraciones públicas afectadas, con la finalidad buscada de la obtención ilícita de importantes beneficios a costa del erario público, “o bien comisiones cuando la adjudicataria eran terceras empresas, que luego se repartían entre el Grupo Correa y las autoridades o cargos públicos electos o designados corruptos, que recibían cantidades de dinero en metálico, pero también otro tipo de servicios o regalos prestados por diferentes empresas de esta trama, como eventos, viajes, fiestas, celebraciones, etc. De las que en algunos casos se beneficiaron también sus familiares”.

Parte de esas comisiones fueron a parar como donaciones finalistas a la caja B del partido, afirma la resolución, que aunque no debía juzgarlo dice al respecto que se trata de “en una estructura financiera y contable paralela a la oficial existente al menos desde 1989, cuyas partidas se anotaban informalmente, en ocasiones en simples hojas manuscritas como las correspondientes al acusado Bárcenas, en las que se hacían constar ingresos y gastos del partido o en otros casos cantidades entregadas a personas miembros relevantes del partido".

El abanico de la corrupción

El tribunal, que ha citado a todos los acusados entre este viernes y el lunes para recibir en persona la sentencia, considera que la trama cometió todo el abanico de delitos relacionados con la corrupción: asociación ilícita, fraude a la administración pública, cohecho, falsedad documento mercantil, malversación de caudales públicos, prevaricación, blanqueo, contra la hacienda pública, tráfico de influencias, apropiación indebida y exacciones ilegales o intento de estafa procesal.

Según la sentencia, la actuación prevaricadora de los condenados se manifestó “de cuantas maneras son imaginables para violentar los procedimientos de contratación, de los que los fraccionamientos o la contribución en la elaboración de los pliegos de prescripciones, o la preselección de empresas, son una muestra clara de torcimiento del derecho, característico de la prevaricación, que, además, tiene por finalidad detraer de los caudales públicos que tienen bajo su custodia los acusados, y

de la que han de ser garantes, cantidades que sustraen para beneficio propio con merma para las arcas municipales”, lo que ocultaban con un mecanismo generalizado para emitir facturas que no respondían a servicios reales o estaban infladas.

Correa cobró 8.400.000 euros por contratos públicos adjudicados a sus empresas durante el periodo 2000-2008, lo que generó un importante perjuicio a las entidades públicas, por cuanto el precio del servicio que les fue prestado “era mayor que el normal de mercado, por el superior margen de beneficio de las empresas de Correa y porque incluía como coste la comisión abonada para obtener las adjudicaciones”. Además, ingresó 2.850.000 euros en concepto de comisiones por intermediar en favor de empresas ajenas a su grupo.

Para el tribunal, Bárcenas era una pieza fundamental del “auténtico sistema de defraudación del erario público” creado, ya que desde dentro del partido podía acercarse a quien en cada caso convenía para conseguir la adjudicación correspondiente, pero también la del exdiputado del PP por Segovia Jesús Merino (3 años y 7 meses) y otros responsables políticos, como Ricardo Galeote (7 años y 7 meses) en la localidad malagueña de Estepona o el exdirector general de inmigración madrileño Carlos Clemente (5 años y 9 meses). La sentencia explica que estos cargos públicos "ejercían su capacidad de influencia o imponían mediante la presión que les permitía el abuso de las funciones propias de su cargo, las directrices idóneas para orientar la oferta y las condiciones de los contratos a las conveniencias de las empresas del grupo".