El debate de investidura más convulso de los últimos años se celebra bajo la sombra de los acuerdos adoptados por la Junta Electoral Central (JEC), a favor de inhabilitar a Quim Torra y de rechazar el acta de eurodiputado de Oriol Junqueras. Estas son algunas de las claves e incógnitas por despejar a partir de las resoluciones del viernes.

¿Qué es la Junta Electoral Central?

La Junta Electoral Central (JEC) es el órgano superior de la administración electoral en España. Tiene carácter permanente y su función principal es garantizar la transparencia del proceso electoral y supervisar la actuación de la Oficina del Censo Electoral. Es decir, se trata de un organismo administrativo que ejerce como árbitro de los procesos electorales, pero no es un tribunal de justicia.

¿Puede inhabilitar a un presidente autonómico?

El artículo 19 de la ley electoral faculta a la JEC para "resolver las quejas, reclamaciones y recursos que se le dirijan", de acuerdo con la citada norma "o con cualquier otra disposición que le atribuya esa competencia". En los casos de Torra y Junqueras, fue el PP el que acudió a la Junta Electoral Central, tras haber obtenido una respuesta negativa por parte de la Junta Electoral Provincial de Barcelona, para solicitar que se les retirasen las credenciales de diputados en el Parlamento y en la Eurocámara, respectivamente. Es decir, la JEC no inhabilita directamente a Torra, pero al desposeerle del escaño le impide que siga siendo presidente de la Generalitat, pues el Estatut estipula que para ejercer ese cargo se debe ostentar un acta en la Cámara catalana.

¿En qué momento quedan inhabilitados?

Los dictámenes de la Junta Electoral Central son ejecutivos, lo que significa que la inhabilitación será efectiva desde el momento en que sea notificada a los afectados.

¿El recurso paraliza la inhabilitación?

Depende. Torra y Junqueras pueden recurrir a la sala contencioso-administrativa del Tribunal Supremo y solicitar como medida cautelarísima que se suspenda la inhabilitación hasta que se resuelva el recurso. Si el Supremo admite a trámite el recurso y las medida cautelarísima (que implica resolver antes de 48 horas), la inhabilitación se paralizaría y Torra volvería a ser 'president'. Pero el tribunal también podría admitir el recurso sin aplicar medidas cautelares, de manera que se mantendría la inhabilitación.

¿Qué margen tiene el Parlament?

Aunque el Gobierno y JxCat esgriman un choque de legalidades, el Parlamento no tiene margen para revertir la decisión de la JEC, pues el Estatut obliga a ser diputado para poder ser 'president'. No obstante, los independentistas se acogen a otro artículo de la Carta catalana y a la ley de Presidencia de la Generalitat, que establecen que el jefe del Ejecutivo catalán solo puede ser apartado "con una sentencia firme que comporte la inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos". La condena a Torra todavía no es firme porque está recurrida ante el Tribunal Supremo.

¿Quién compone la Junta Electoral?

La JEC está compuesta por 13 miembros: ocho vocales magistrados del Tribunal Supremo, designados por el Consejo General del Poder Judicial, y cinco vocales catedráticos de Derecho o de Ciencias Políticas y de Sociología, en activo, designados a propuesta conjunta de los partidos. El secretario general del Congreso de los Diputados ejerce como secretario de la JEC, y el director de la Oficina del Censo Electoral también participa en las reuniones con voz, pero sin voto.

El presidente es Antonio Jesús Fonseca-Herrero, uno de los que votó a favor de la inhabilitación de Torra. También lo hizo la vicepresidenta de la JEC, Inés Huerta y los vocales Ana María Ferrer, Francisco José Navarro y Eduardo de Porres. Por el contrario, Antonio Vicente Sempere, María Luz García y José Luis Seoane se opusieron a la decisión de la mayoría.

Los cinco miembros propuestos por los partidos son el catedrático de Derecho Constitucional de la UNED Carlos Vidal (PP), la catedrática de Derecho Penal de la Universidad de Navarra Inés Olaizola (Unidas Podemos), el catedrático en Ciencia Política de la Universidad de Granada Juan Montabes (PSOE), la catedrática de Derecho Internacional Público en la Universidad de Valencia Consuelo Ramón (PSOE) y la catedrática de Derecho Administrativo de la UNED Silvia del Saz (Cs). Los juristas propuestos por partidos de izquierdas se opusieron a la inhabilitación de Torra y los propuestos por fuerzas conservadoras la apoyaron.