SENTENCIA DEL 'PROCÉS'
El Supremo: "No nos incumbe ofrecer soluciones políticas a un problema de raíces históricas"
El alto tribunal dice que no pretende interferir en el debate político que corresponde a otros La sentencia precisa que "no tiene por objeto criminalizar ideas" ni perseguir al disidente
Ángeles Vázquez
15/10/2019
La Sala Segunda del Tribunal Supremo dice en la sentencia en la que ha condenado a penas de entre 9 y 13 años de prisión a nueve de los 12 líderes independentistas catalanes juzgados por el 'procés', ser consciente de los "elementos que singularizan y atribuyen una dimension historica", justo antes de dejar negro sobre blanco que no le corresponde "ofrecer -ni siquiera sugerir o insinuar- soluciones políticas a un problema de raíces históricas".
El tribunal presidido por Manuel Marchena hace esta reflexión al analizar los tratados internacionales sobre el derecho de autodeterminación y, en concreto, la resolución al respecto dictada por la justicia canadiense. En otro momento todavía añade que "no esta usurpando el papel que deberian haber asumido otros, ni pretende interferir en el debate politico con formulas legalistas".
No obstante, admite que su "analisis, como es obvio, no puede prescindir de toda una serie de connotaciones que complementan -pero tambien dificultan- el analisis juridico", pero "esa constatacion" no puede hacer al alto tribunal "rebasar los limites que legitiman su funcion como organo de enjuiciamiento", lo que ocurririría si se permitiera proponer soluciones políticas.
Su misión, explica la resolución, ha sido enjuiciar unos hechos que el ministerio fiscal, la Abogacia del Estado y la accion popular que ejerció Vox "han considerado delictivos. "Nuestra aproximacion valorativa a esos hechos ha de limitarse a examinar si los procesados que impulsaron una declaracion unilateral de independencia, que lo hicieron mediante la creacion de una legislacion paralela sin otra fuente de legitimidad que las vias de hecho y que recurrieron a la movilizacion tumultuaria, encaminada a la inobservancia de los mandatos judiciales, han quebrantado valores constitucionales sujetos a proteccion penal", añade el tribunal.
Sin ser un estorbo
"La causa que se sigue en esta Sala no tiene por objeto criminalizar ideas. No busca la persecucion del disidente, tampoco encerrar en los limites de una aproximacion juridica un problema de indudable relieve politico", afirma la resolución hecha pública este lunes.
"El derecho no puede nunca ser un estorbo para definir los limites del poder. La idea contraria, esto es, subordinar el papel de los tribunales a la contingente coyuntura politica, imponiendo su inhibicion frente a hechos indiciariamente encajables en preceptos penales, supone jugar peligrosamente con los equilibrios que definen la convivencia democratica", ahonda.
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