Como no podía ser de otro modo, ni las apelaciones de varios ministros del Gobierno de Pedro Sánchez, ni el ultimátum dado por el presidente de la Generalitat, Quim Torra, o sus advertencias sobre una sentencia condenatoria, han hecho mella en el Tribunal Supremo. El alto tribunal ha dictado cinco autos en los que rechaza las últimas peticiones de libertad de los nueve procesados en la causa por rebelión, malversación y desobediencia que están presos.

Y por si hay alguna duda, al responder a la alegación de la 'exconsellera' Dolors Bassa sobre el clima político actual proclive al diálogo entre el Gobierno central y el de la Generalitat, la Sala es contundente: "Ni las medidas cautelares vigentes respondieron, en el momento de su adopción, a un determinado clima político, ni su permanencia puede hacerse ahora depender de un contexto político diferente".

La Sala de lo Penal entiende que ninguno de los argumentos de las peticiones y recursos, fundamentalmente basados en el impacto que la situación de prisión tiene en su entorno familiar y personal, neutraliza los riesgos de fuga y de reiteración delictiva que llevaron al instructor de la causa, Pablo Llarena, y a la Sala de Apelaciones a mantener esa media cautelar.

"Los fines del proceso y, de modo especial, las medidas cautelares que tienen a asegurar esos fines, no se desdibujan por los padecimientos que en el orden familiar puede acarrear la privación de libertad", señala el tribunal. La fiscalía y la Abogacía del Estado, al igual que la acusación que ejerce Vox, también había informado a favor de que todos ellos, entre los que se encuentran el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, siguieran en la cárcel.

Las peticiones de libertad rechazadas son las presentadas, además de por Junqueras, por Josep Rull, Jordi Turull, Raül Romeva, Oriol Junqueras, Jordi Sànchez, Carme Forcadell, Joaquim Forn, Dolors Bassa y Jordi Cuixart.

El tribunal que les juzgará hace suyo el criterio del fiscal, que sostuvo que la adopción de medidas cautelares está sometida por la propia ley "a los principios de legalidad, judicialidad, excepcionalidad, proporcionalidad, necesidad y temporalidad, atendiendo a los graves perjuicios personales y familiares que en todos los órdenes supone la privación de libertad, así como sus consecuencias colaterales respecto de otras personas que puedan estar vinculadas al procesado". "Los sentimientos de aflicción de los familiares debilitan su rango axiológico y no pueden operar como razones desencadenantes de la libertad", argumenta el Supremo.

DURANTE EL JUICIO

Ante las alegaciones de vulneración de su derecho a la defensa y a un proceso justo si continúan en prisión durante la celebración del juicio, la Sala señala que "ni el contenido material del derecho a la defensa, ni, por supuesto, el derecho a un proceso con todas las garantías, están afectados por las condiciones que, en su caso, presidirán la celebración de las sesiones del plenario. La dignidad de los procesados, las condiciones de su alimentación y la habitabilidad del lugar de su custodia, serán debidamente garantizadas por esta Sala".

El tribunal también rechaza las alegaciones referidas a la vulneración de los derechos a la libertad, a la presunción de inocencia y a un proceso público sin dilaciones indebidas realizadas por Jordi Turull y Josep Rull en sus respectivas peticiones de libertad.