Tras el procesamiento por el Tribunal Supremo de los líderes del proceso secesionista era cuestión de tiempo que la jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela procediera en el mismo sentido contra el mayor de los Mossos Josep Lluís Trapero. Pero su auto no coincide plenamente con el del alto tribunal en los delitos a que da lugar un relato de cómo se intentó declarar la independencia de Catalunya prácticamente idéntico. Donde el Supremo ve rebelión, malversación o desobediencia, la magistrada considera que hubo sedición y organización criminal.

Lamela propone juzgar a Trapero por este delito y por dos sediciones, la del 20 y 21 de septiembre y la del 1 de octubre, mientras que al exdirector de los Mossos Pere Soler y al exsecretario general de Interior César Puig solo por la relativa al 1-O y como miembros de una organización criminal, liderada por el expresidente catalán Carles Puigdemont. La intendente Teresa Laplana solo ha sido procesada por las protestas ante la Consejería de Economía. Para la jueza, en esos dos episodios hubo sedición, que no exige violencia, porque hubo un alzamiento para impedir la aplicación de las leyes y las funciones de autoridades con el fin de declarar ilegalmente la independencia.

El auto explica que los indicios recabados permiten concluir que los procesados actuaron como miembros de «una compleja y heterogénea organización», que desde las elecciones de 2015 compartió el propósito de lograr la secesión de Cataluña, al margen de las vías legales «alterando de esta forma la organización política del Estado y con ello la forma de Gobierno».

La magistrada describe el reparto de papeles que hubo entre autoridades gubernamentales, parlamentarias y civiles para llevar a cabo la secesión, aunque ella se centra en la utilización ilegal de los Mossos. Según el auto, su conducta se dirigió «a obstruir cualquier actuación que bloquease el plan estratégico hacia la independencia», siguiendo una pauta anunciada públicamente por sus responsables políticos: el exconsejero Joaquim Forn, Soler y Puig.

Así, el 1-O, la cúpula policial de los Mossos, comandada por Trapero, tuvo una «total inactividad», «enmascarada bajo los principios de proporcionalidad, congruencia y oportunidad». Esa omisión, al incumplir su obligación legal de actuar, es lo que hace a sus responsables autores o cooperadores necesarios de la sedición cometida, según la resolución.

Ante la sede de Economía no evitaron que «la muchedumbre, de forma pública, llegara a concentrarse tumultuosamente» y, «con la fuerza coactiva e intimidatoria que proporciona una multitud hostil a la posible acción policial» se trató de «impedir o dificultar gravemente el cumplimiento de la orden judicial de registro». Y el 1-O no solo no dieron cumplimiento al mandatojudicial sino que fueron más allá, «propiciando que sus planes de actuación fueran conocidos por los ocupantes de los colegios facilitando que estos pudieran preparar los escenarios que llevarían a los Mossos a no actuar, obstruyendo a los agentes policiales, dispuestos realmente a cumplir aquella orden judicial, espiando y controlando sus acciones».

BÉLGICA / Por otra parte, los exconsejeros de la Generalitat de Cataluña huidos a Bélgica, Toni Comín, Lluis Puig y Meritxell Serret fueron anoche puestos en libertad sin fianza, por decisión de la Justicia belga.

El juez tomó declaración a los tres detenidos y tomó la decisión hasta que se decida sobre la extradición solicitada por las autoridades judiciales españolas.