La Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) ha determinado que la mayoría de los prestadores de servicio audiovisual en España han cumplido con la obligación de financiar películas y series europeas, en el ejercicio del 2017

En total, 14 de las empresas han invertido al menos un 5% en la producción de obras audiovisuales, tal como indica la Ley General de la Comunicación Audiovisual. En concreto, las empresas audiovisuales Multicanal, Mediaset, Telefónica, CRTVE, Atresmedia, Orange, Walt Disney, NBC Universal, Ten Media, Veo TV, 13TV, Net TV, Cosmopolitan y Viacom.

Por el contrario, el canal History Channel y la plataforma Rakuten no han alcanzado el umbral mínimo. En el caso concreto de Rakuten TV no ha cumplido con dos de las cuatro obligaciones. Por su parte, la plataforma Flooxplay acumula la obligación de financiación al próximo ejercicio, debido a que la cantidad resultante de la obligación es inferior al umbral de 200.000 euros, establecido por la normativa.

NORMA

La Ley General de la Comunicación Audiovisual establece que los prestadores del servicio de comunicación audiovisual, y los operadores de telecomunicaciones que también difundan canales de televisión, deben destinar el 5% de sus ingresos de explotación a financiar obras audiovisuales europeas. Estos contenidos audiovisuales pueden ser películas para el cine y la televisión, series, documentales, o series de animación.

Dentro del porcentaje, un 60% de la financiación se debe destinar a la producción de películas de cine, y a su vez, un 60% de dicho porcentaje ha de destinarse a obras en alguna de las lenguas cooficiales de España.

No obstante, estos porcentajes varían en función del tipo de empresa. Así, se establece que aquellas empresas que sean de titularidad pública deberán destinar un 6% a la financiación a cine y series, es decir, un 1% más que el resto. Para estas empresas también varía el porcentaje de inversión de películas de cine, que en este caso es del 75% y un 60% del porcentaje para las obras en lenguas cooficiales.