La Justicia Especial para la Paz (JEP) de Colombia expulsó de su jurisdicción a Iván Olivo Merchán Gómez, quien apareció en un vídeo divulgado en 2019 en el que exmiembros de las FARC anunciaron su rearme contra el Estado, informó este martes el alto tribunal según reporta EFE.

La Sala de Amnistía de la Jurisdicción Especial para la Paz dijo en un comunicado que declaró a Merchán "como desertor armado" por lo que pierde todos los beneficios que le otorgaba la JEP y el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición.

La JEP, añadió la información, estableció "plenamente que Merchán aparece en un vídeo, divulgado el 29 de agosto de 2019, en el que algunos exmiembros de las FARC-EP anunciaron públicamente su rearme contra el Estado colombiano".

Las disidencias de las FARC las encabezan el exnegociador de paz de la antigua guerrilla Luciano Marín, alias "Iván Márquez"; Hernán Darío Velásquez, alias "El Paisa", y Seuxis Paucias Hernández, alias "Jesús Santrich".

Ellos son parte de la veintena de exjefes guerrilleros que anunciaron la vuelta a las armas. En ese grupo también están Henry Castellanos, alias "Romaña"; José Manuel Sierra, alias "Aldinever", y José Vicente Lesmes, alias "Walter Mendoza".

Según la Sala, Merchán "incumplió de manera grave con las condiciones constitucionales y legales para mantener y eventualmente acceder a los distintos tratamientos penales especiales y beneficios económicos instituidos" en el acuerdo de paz firmado entre el Gobierno colombiano y las FARC en 2016.

Por incumplir con el acuerdo de paz la JEP también expulsó a "Iván Márquez", "Aldinever", "Romaña", "Jesús Santrich" y "El Paisa" por haber vuelto a las armas.

Por otro lado, la Sala de Amnistía decidió no expulsar de la JEP a Elmer Caviedes al establecer que este no participó en el vídeo en el cual las disidencias anunciaron su rearme.

"Teniendo en cuenta las pruebas allegadas (...) la Sala declaró que Caviedes no aparece en el video de rearme y que sí ha cumplido con las obligaciones de dejación de armas y no reincidencia del régimen de condicionalidad", dice el fallo.

Agrega el documento que el exjefe guerrillero "cumplió con las obligaciones del régimen de condicionalidad. Además, se le reiteró al compareciente que debe continuar cumpliendo con todas las obligaciones del régimen de condicionalidad, incluyendo, pero no limitadas, al deber de aportar verdad".